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Vol. 32 (2021), Artículos Originales, Páginas 238-265
DOI: https://doi.org/10.30827/sendebar.v32.16959
Recibido: Nov 30, 2020 Publicado: Nov 5, 2021

Resumen

El concepto de equivalencia en traducción cobra relevancia con Nida (1964) al integrar las distintas perspectivas imperantes en la época y describir los procesos necesarios para establecerlas. Sin embargo, dicho concepto se centra, principalmente, en la terminología. En el ámbito jurídico, Pigeon (1982), Gémar (1995, 2015) o Mayoral (2004), entre otros, incorporan los sistemas jurídicos cuando delimitan el concepto de equivalencia funcional, aspecto que nos lleva a plantearnos la posibilidad de establecer equivalencias entre figuras jurídicas de dos culturas diferentes. Basándonos en los autores mencionados y apoyándonos en el principio de comparabilidad que es necesario para establecer equivalencias (James, 1980), hemos estudiado los niveles en los que se puede realizar dicha equiparación en los órganos judiciales alemanes y españoles, a saber, a nivel jerárquico, territorial y competencial. Mediante un análisis contrastivo fundamentado en los modelos de Arntz, (1990), Gémar (1995), Holl (2010) y Holl y Elena (2015), ofrecemos una propuesta de traducción y de equivalencia con el propósito de hacer comprensibles y adaptar dichas figuras para el receptor del texto meta. El resultado de nuestro estudio muestra que es posible aplicar este modelo de análisis entre sistemas judiciales comparables.

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