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Abstract

Presentamos un estudio sobre la Botica del Hospital de Alhucemas, la cual como parte integrante de los Presidios Menores de Africa estuvo regida por las disposiciones legales que se dictaron para el funcionamiento de ellos. Así en 1746 el Reglamento General para las Plazas de Melilla, Pefl.6n de Vélez de la Gomera y Alhucemas establecía normas claras y precisas para el funcionamiento de sus hospitales y en 1784 los Estatutos por los que debían regirse las Boticas de los Presidios configurarían la organización de los servicios farmacéuticos. Al detenernos en el inventario de la Botica de Alhucemas efectuado en 1784, pretendemos evidenciar la terapéutica de un período del siglo XVIII. En cuanto a la dotación de medicamentos se atenía a los prescritos en las Farmacopeas vigentes y a un Formulario redactado especialmente para las Boticas de los Presidios Menores de Africa. Sirviendo fielmente a las necesidades para las que se creó, como fue atender a todo el personal destacado en el presidio, la Botica de Alhucemas contribuyó al mejoramiento de la salud pública, al contar con la sanidad oficial y estar atendida por verdaderos profesionales.

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Published

1986-12-20

How to Cite

1.
Español E, Español E. Español. Ars Pharm [Internet]. 1986 Dec. 20 [cited 2024 Jul. 22];28(1):55-64. Available from: https://revistaseug.ugr.es/index.php/ars/article/view/25564

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