Estatutos

ESTATUTOS DE THEORY NOW. JOURNAL OF LITERATURE, CRITIQUE, AND THOUGHT

Preámbulo

Theory Now. Journal of Literature, Critique, and Thought -en adelante TN o la revista- es una revista científica interdisciplinar, de acceso abierto, revisada por pares y de periodicidad semestral. Su objetivo principal es promover el pensamiento crítico contemporáneo y el análisis teórico de las obras literarias, estableciendo un diálogo fructífero con disciplinas afines como la literatura comparada, la filosofía y los estudios de traducción literaria, entre otras.

La revista acoge investigaciones sobre cualquier tradición literaria, género o periodo histórico, siempre desde una perspectiva teórica actualizada. Con un firme compromiso con el rigor académico y el debate intelectual, Theory Now ofrece un espacio para la reflexión crítica sobre la literatura y la cultura contemporánea, proporcionando un foro para el pensamiento de vanguardia y la revisión de los conceptos y prácticas tradicionales.

La creación de TN tuvo lugar en el año 2019 a iniciativa de Azucena G. Blanco, entonces investigadora Ramón y Cajal en el Departamento de Lingüística General y Teoría de la Literatura de la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Granada.

El presente reglamento de régimen interno tiene el propósito de alcanzar los siguientes objetivos:

  • Promover la discusión académica sobre la literatura desde un enfoque teórico vanguardista.
  • Consolidar un enfoque interdisciplinar que permita establecer conexiones entre distintos ámbitos del saber, potenciando el intercambio de ideas y metodologías que amplíen los horizontes de la crítica y el análisis literario.
  • Consolidarse como un espacio para la reflexión teórica y filosófica, desde una perspectiva crítica, de todas las literaturas sin distinción de género, época o lengua.
  • Adaptar la revista (estructura, información, aspecto) a lo especificado por la normativa ISO sobre publicaciones periódicas científicas.
  • Ofrecer un espacio para la difusión del conocimiento especializado y generar un impacto en el debate intelectual contemporáneo, promoviendo la investigación y la discusión en torno a las múltiples interacciones entre literatura, teoría y crítica

Título Preliminar. De la identificación, contenido y entidades que la auspician

Artículo 1. La revista lleva el título Theory Now. Journal of Literature, Critique, and Thought. Asimismo, se publica con el International Standard Serial Number (ISSN) 2605-2822 en versión electrónica, y con el DOI 10.30827/tn.

Artículo 2. La revista tiene su sede en el Departamento de Lingüística General y Teoría de la Literatura, ubicado en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Artículo 3. Para el desarrollo de los objetivos arriba citados, la revista publica investigaciones sobre cualquier tradición literaria, género o periodo histórico, siempre desde una perspectiva teórica actualizada. Con un firme compromiso con el rigor académico y el debate intelectual. TN ofrece un espacio para la reflexión crítica sobre la literatura y la cultura contemporánea, proporcionando un foro para el pensamiento de vanguardia y la revisión de los conceptos y prácticas tradicionales. Admite para ello artículos de investigación, edición crítica de documentos y reseñas, que necesariamente deben ser originales y que signifiquen contribuciones científicas significativas para ambas áreas de conocimiento.

Artículo 4. La revista se orienta está dirigida a académicos, investigadores, docentes y estudiantes avanzados en áreas como literatura, teoría literaria, filosofía y estudios culturales. También es relevante para profesionales del ámbito editorial y críticos literarios interesados en enfoques teóricos contemporáneos e interdisciplinarios, que busquen un espacio de reflexión y debate sobre las múltiples intersecciones entre la literatura y otros campos del conocimiento.

Artículo 5. TN es editada por la Editorial de la Universidad de Granada y todos los miembros del equipo editorial. También pueden incorporarse a la revista, con el título de Entidades Colaboradoras, todas aquellas instituciones, públicas o privadas, que lleven a cabo de un modo permanente proyectos concretos de colaboración, o aporten algún tipo de medios para la consecución de los objetivos propios de la misma.

Título I. De la periodicidad, formato, e idiomas de publicación

Artículo 6. La revista publica, dos veces al año, un volumen constituido por los apartados de que se compone: monográfico, miscelánea, entrevista y reseñas.

Artículo 7. La revista está disponible en dos tipos de formatos electrónicos: en formato PDF y html. Está alojada en el sitio web de la revista; con acceso desde el portal de revistas de la Editorial de la Universidad de Granada; y gestionada empleando el sistema Open Journal System.

Artículo 8. La revista publicará sus contenidos en alguno de los siguientes idiomas: español, inglés y francés.

Título II. De los órganos de la revista

Artículo 9. Los órganos de la Revista son:

  • Consejo directivo: Dirección, jefatura de redacción, secretaría de redacción.
  • Equipo de redacción
  • Comité editorial 
  • Consejo asesor

 

Título III. Del Consejo Directivo

Artículo 10. La dirección asumirá la orientación general y responsabilidad de la revista y gestionará los asuntos administrativos y de organización de temáticas de los números previstos.

Artículo 11. Compondrán el Consejo Directivo las personas que ostenten la Dirección, la jefatura de redacción y la secretaría de redacción.

Artículo 12. Corresponde al Consejo Directivo tomar cuantas decisiones procedan en relación con la Revista y particularmente:

  1. La selección de temáticas para los monográficos.
  2. La revisión primera de los artículos antes de su envío a la evaluación para la comprobación del enfoque adecuado, así como de su calidad y adecuación a las normas de estilo de la revista.
  3. La elaboración de los planes financieros, su periodicidad y otras características de su edición.
  4. El control de la labor de dirección y gestión.
  5. El nombramiento de Entidades Colaboradoras.
  6. La firma de acuerdos de colaboración entre la revista y las diversas instituciones.
  7. El nombramiento, a propuesta del Consejo de Redacción, de personas de reconocido prestigio para su adscripción al Consejo Asesor.
  8. Aprobar las modificaciones de los estatutos, normas y cualquier documentación vinculada a la revista y a la regulación de su proceso editorial.

Artículo 13. El Consejo Directivo habrá de reunirse como mínimo dos veces al año.

Título IV. Del Director/a

Artículo 14. El director/a de TN es nombrado por el consejo directivo.

Artículo 15. El Director/a podrá ser nombrado con carácter indefinido. A partir de la finalización del cargo, el mismo deberá renovarse.

Artículo 16. A la persona responsable de dirigir la revista le corresponderán las tareas de gestión y representación, así como todas aquellas que le sean delegadas por el Consejo de Redacción. Entre ellas las principales son:

  1. Actuar como presidente del Consejo de Redacción.
  2. Representar la publicación en todos los ámbitos.
  3. Velar por la ejecución de los acuerdos del Consejo de Redacción.
  4. Solicitud de las ayudas económicas necesarias para sufragar los gastos de maquetación y diseño.
  5. Programar el contenido de la revista, para lo cual entenderá de la selección y revisión previa de originales y sugerirá los cambios que considere oportunos en cuanto a estructura, composición y forma de la misma.

Título V. Del Secretario/a

Artículo 17. El Secretario/a es nombrado por el Consejo de dirección de la revista.

Artículo 18. El Secretario/a de la revista, que lo será también del Consejo Directivo y del Consejo de Redacción, asistirá a la Dirección en las labores de gestión y realización que le son propias y dará fe de los acuerdos y decisiones que se tomen en las reuniones de los distintos organismos de la revista. Son funciones del Secretario/a:

  1. Actuar como secretario/a del Consejo de Redacción, levantar acta de sus sesiones y dar fe de sus acuerdos.
  2. Organizar la Secretaría custodiando su material.
  3. Atender a cuantas gestiones se deriven de la publicación de la revista. Principalmente, aquellas de comunicación con los autores y los directores de los monográficos.
  4. Asistir al Director/a en sus funciones transitoriamente, y desarrollar aquellos cometidos específicos que le encomiende el Consejo de Redacción.

Título VI. Jefatura de redacción

Artículo 19. La jefatura de redacción de TN tiene como tarea principal la de coordinar los contenidos de los números. Cada jefa de redacción coordinará las labores de edición de un número al año.

Artículo 20. Son funciones de la Jefatura de redacción:

  1. Acudir a las reuniones de este órgano y resolver en ellas la admisión provisional y la admisión definitiva de los originales presentados, o bien su devolución.
  2. Determinarán los evaluadores externos encargados de elaborar el preceptivo informe sobre cada original presentado.
  3. Asimismo, asesorarán al Consejo Directivo de la revista sobre temas de su competencia cuando éste lo solicite.

Título VI. Del Equipo de Redacción

Artículo 21. El Equipo de Redacción asumirá las labores de lectura, revisión y corrección de los manuscritos.

Artículo 22. El Equipo de Redacción está formado por miembros internacionales capaces de leer varios idiomas de la revista (inglés, francés, español).  

Artículo 23. El equipo de Redacción se reunirá -física o telemáticamente– cuantas veces sea preciso previa convocatoria por escrito de la Dirección.

 Título VII. Del Consejo Asesor

Artículo 24. El Consejo de Redacción de la revista es ayudado, para sus decisiones, por los dictámenes emitidos por el Consejo Asesor científico externo. Éste se compone de los miembros, nombrados por el Consejo de dirección y que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Ser científicos de renombre nacional o internacional en alguna de las áreas relacionadas con la teoría de la literatura o la filosofía.
  2. Deberán ser personas externas a la Universidad de Granada.
  3. Serán nombrados previa invitación y aceptación expresa de los mismos.
  4. Se tendrán en cuenta criterios de paridad de género en la composición del Consejo.

Artículo 25. Será competencia del Consejo Asesor asesorar al Consejo de Redacción en las cuestiones que estime pertinentes, entre ellas:

  1. Dictaminar, mediante informes solicitados, acerca de la adecuación o no de un trabajo para su publicación.
  2. Facilitar las consideraciones que les sean recabadas por el Consejo de Redacción acerca de las modificaciones de un original a las que, en su caso, hubiera lugar.
  3. Sugerir estrategias editoriales y líneas de actuación al Consejo de Redacción.
  4. Cuantas otras funciones análogas se pudieran derivar de su condición de expertos.

Artículo 26. Se reservará una proporción de al menos un diez por ciento (10%) de Consejo Asesor a miembros adscritos a instituciones extranjeras.

Artículo 27. Los miembros del Consejo Asesor pueden serlo con carácter indefinido, mientras no causen baja voluntaria o por fuerza mayor. Pertenecer al Consejo Asesor de la Revista implica participar activamente en la selección y evaluación de originales cuando así se lo solicite el Consejo de Redacción.

 Título VIII. De los evaluadores/as externos/as

Artículo 30. Con el fin de determinar la adecuación de un original a las normas de publicación y a las líneas de difusión científica propias de la revista, el Consejo de Redacción contará con el asesoramiento de evaluadores/as externos/as.

Artículo 31. Los/las evaluadores/as externos/as deberán ser especialistas en la materia sobre la que versa el original presentado para publicación, y emitirán su informe mediante la cumplimentación del Formulario de evaluación, ateniéndose en todo caso a lo especificado en la Guía para evaluadores. En todo momento se tendrán en cuenta criterios de paridad de género en su selección.

Título X. De las políticas y el proceso editorial

Artículo 32. La pertenencia de una persona a cualquiera de los órganos de la revista implica que se compromete a desempeñar sus funciones respetando todos y cada uno de los siguientes preceptos:

  1. Se empleará un tono y lenguaje de máximo respeto e inclusivo con todas las personas e instituciones, tanto en las reuniones como en las comunicaciones que tengan lugar en el marco de la revista.
  2. Bajo ningún concepto se emplearán, mostrarán o distribuirán los manuscritos originales con una finalidad distinta a las que son propias del proceso editorial de la revista TN.
  3. Se guardará la debida confidencialidad acerca de todas las deliberaciones y resoluciones que tengan lugar en el marco de la revista, se hayan hecho públicas o no.

Artículo 33. No observar cualquiera de los preceptos especificados en el artículo anterior puede ser causa de destitución, si así lo considera el Consejo Directivo.

Artículo 34. El régimen aplicable al proceso editorial y a las relaciones de la revista con los autores será el que se recoja en la Guía de Información para autores que esté vigente en cada momento. Dicha guía y sus actualizaciones estarán disponibles en el sitio web de la revista.

Artículo 35. El régimen aplicable en las relaciones de la revista con los/las evaluadores/as externos/as será el que se recoja en la Guía para evaluadores que esté vigente en cada momento. Dicha guía y sus actualizaciones estarán disponibles en el sitio web de la revista.

Título IX. De los aspectos financieros y jurídicos

Artículo 36. La revista TN se financia mediante las asignaciones que le sean otorgadas por el Vicerrectorado de investigación en su convocatoria anual de ayudas a revistas.

Artículo 37. La Dirección de la Revista presentará periódicamente al Consejo de Redacción un balance económico de la misma, así como un informe complementario sobre su situación financiera.

Artículo 38. Ni la evaluación o publicación de artículos, ni la pertenencia a alguno de los órganos de la revista dará derecho a remuneración alguna.

Artículo 39. Los contenidos de la edición electrónica de la revista se publican bajo una licencia Creative Commons Atribución/Reconocimiento-NoComercial-SinDerivados 4.0 InternacionalSe pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que se guarden las siguientes condiciones:

  1. Se cite la autoría y la fuente original de su publicación.
  2. No se usen para fines comerciales.
  3. Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.

Artículo 40. La Universidad de Granada conserva los derechos patrimoniales (copyright) de todos los contenidos publicados, y favorece y permite la reutilización de los mismos bajo la licencia de uso indicada en el artículo anterior.

Artículo 41. La revista declina toda responsabilidad con respecto a las opiniones expresadas por los autores de los trabajos en ella publicados.

Título XI. Cláusulas adicionales finales

Artículo 42. En el transcurso de los próximos tres meses a partir de la aceptación de los presentes Estatutos, los órganos de la revista deberán adaptarse, si ello fuera posible, a lo dispuesto en su articulado.

Artículo 43. El presente reglamento de régimen interno podrá ser reformado a propuesta del Consejo Directivo de la Revista. La modificación exigirá al menos la aprobación por mayoría absoluta.