Enfoque y alcance

Miscelánea de estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo tiene como objetivo publicar contenidos sobre cualquier temática relacionada con los estudios hebreos, en su más amplia acepción: lengua y literatura hebreas, judaística, historia del pueblo judío, etc. Admite para ello artículos y reseñas, que necesariamente deben ser originales, y que signifiquen contribuciones científicas para su área de conocimiento.

Edita: Editorial Universidad de Granada, Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada. Sección Departamental Estudios Hebreos.

Cobertura de la revista: Internacional

Audiencia: La revista se orienta de forma específica hacia el estudioso e investigador universitario, y de modo genérico, a todos aquellos interesados en ampliar sus conocimientos sobre el concepto de hebraísmo y sus implicaciones para la humanidad.

Idiomas de publicación: Lenguas aceptadas preferentemente español, inglés o hebreo. Se aceptan trabajos en alemán, italiano, francés y portugués.

Frecuencia de publicación. Online First

Revista anual, un fascículo al año.

Política de acceso abierto

Esta revista provee acceso libre (open access) inmediato a su contenido bajo el principio de que hacer disponible gratuitamente la investigación al publico, lo cual fomenta un mayor intercambio de conocimiento global.

Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo se atiene a las recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación:

  • Los autores cuyas contribuciones sean aceptadas para su publicación en esta revista conservarán el derecho no exclusivo de utilizar sus contribuciones con fines académicos, de investigación y educativos, incluyendo el auto-archivo o depósito en repositorios de acceso abierto de cualquier tipo.
  • Preferiblemente se permitirá el uso de la versión publicada de las contribuciones científicas (versión post-print del editor) o, en su defecto, el de la versión post-print del autor ya evaluada y aceptada, que estarán accesibles en abierto tan pronto como sea posible, ya que la revista no impone ningún período de embargo.

COSTOS DE PROCESAMIENTO Y PRESENTACIÓN DE ARTÍCULOS

Esta revista no cobra a los autores ningún costo por la presentación ni el procesamiento de los artículos.

 

Proceso editorial y Sistema de arbitraje

Etapas del proceso editorial

Los originales que se envíen para su publicación serán sometidos a un proceso editorial que se desarrollará en varias fases hasta convertirse en un artículo publicado.

  • 1 Recepción y acuse de recibo: Se enviará al autor un correo electrónico a modo de acuse de recibo.
  • 2 Evaluación preliminar: El manuscrito será objeto de una evaluación preliminar por parte de los miembros del Consejo de Redacción, quienes comprobarán que se respetan las normas de estilo, y determinarán si su contenido encaja en las temáticas de MEAH Hebreo.
  • 3 Revisión por pares: Sistema doble ciego: Una vez establecido que el contenido del manuscrito cumple con los requisitos formales y temáticos, será enviado mínimo a un par, quienes, ateniéndose a lo especificado en la Guía para evaluadores, emitirán un informe rellenando el Formulario de evaluación.
  • 4 Comunicación de resultados al autor: Se comunicarán al autor de manera inmediata los resultados del proceso de evaluación. De la misma manera se le notificarán todas las modificaciones que, en su caso, deba hacer para elaborar la versión definitiva del manuscrito.
  • 5 Composición de galeradas: A partir de dicha versión definitiva, se compondrá la galerada y se enviará ésta al autor para que pueda revisarla por última vez.
  • 6 Publicación definitiva: Si el autor no introduce ningún cambio en la galerada, se procederá a la publicación del artículo en el sitio web de la revista MEAH Hebreo y posteriormente en formato papel.

Los autores serán informados acerca del estado en el que se encuentra su manuscrito mediante las notificaciones y correos electrónicos que el sistema OJS genera durante todo el proceso editorial.

Intervalos y plazos del proceso editorial

El envío de originales se abre el 1 de octubre de cada año y se cierra el 31 de mayo. Los originales recibidos fuera de este intervalo serán considerados para su publicación en el volumen del siguiente año.

La revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebreos- Sección Hebreo se compromete a llevar a cabo las distintas fases del proceso editorial en los plazos máximos que se detallan a continuación:

  • Acuse de recibo del manuscrito: 5 días.
  • Proceso de revisión por pares: 3 meses.
  • Notificación al autor/a sobre el resultado de la evaluación por pares: 10 días desde que la revista reciba el último informe de los/las evaluadores/as.
  • Publicación definitiva en la web de la revista: el último mes del año natural en el que se publica la revista.
  • Publicación definitiva en papel: tres meses desde la publicación en la web.

Criterios para la aceptación de trabajos

Los factores en los que se funda la decisión sobre la aceptación-rechazo de los trabajos por parte de los editores de la Revista son los siguientes:

  1. Se valoran conjuntamente la originalidad, novedad y relevancia de la investigación llevada a cabo. Es decir, un enfoque original y novedoso no es condición suficiente para comunicar la investigación llevada a cabo; además debe resultar de interés para la disciplina.
  2. Significación de la investigación para el avance científico, social y cultural.
  3. Fiabilidad y validez científica tanto de las fuentes consultadas como de los métodos empleados para el desarrollo de la investigación.
  4. Redacción adecuada, organización lógica y presentación material del manuscrito.

Información sobre el sistema de arbitraje

Los trabajos recibidos serán sometidos a revisión por un mínimo de dos evaluadores/as de rango académico igual o superior al autor/a. En caso de discrepancia entre resultados, el texto será enviado a una tercera persona, cuya decisión definirá su publicación.

Se tendrá en cuenta que los/as revisores/as no incurran en algunos de los motivos de abstención previstos en la legislación vigente, y particularmente, en el  artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El sistema de revisión será doble ciego, es decir que la identidad de autoras/es y revisoras/es se desconoce por ambos lados.

Las/os revisoras/es, ateniéndose a lo especificado en la Guía para evaluadores, emitirán un informe rellenando el Formulario de evaluación.

La selección de revisores/as es competencia del Consejo de Redacción de la revista, quienes tienen en cuenta sus méritos académicos, científicos y la experiencia profesional, incluyendo especialistas tanto de origen nacional como internacional. Entre los/las revisores/as podrán figurar ocasionalmente miembros del Consejo Directivo.

Régimen de la relación entre los autores y la revista

Confidencialidad en el tratamiento de la identidad

La identidad del autor/es que remita/n un manuscrito para su evaluación y posible publicación será preservada por el Director/a, Secretario/a y miembros del Consejo de Redacción en tanto éste se publica, manteniéndola en el anonimato en caso de que el artículo sea rechazado.

Los nombres y direcciones de correo electrónico introducido en MEAH Hebreo se usarán exclusivamente para los fines declarados por esta revista y no estarán disponibles para ningún otro propósito u otra persona.

Confidencialidad en el tratamiento de los manuscritos

Los manuscritos en tanto se encuentren en proceso de revisión/evaluación no serán empleados en ningún término y bajo ningún concepto por ningún agente implicado en el proceso, hasta que, si procede, sea publicado.

Los manuscritos rechazados para su publicación quedarán archivados en el Histórico de manuscritos de MEAH Hebreo, y bajo ningún concepto será utilizado por ningún miembro de la citada publicación.

Comportamiento ético en la investigación y publicación

Es obligación de la revista detectar y denunciar las siguientes prácticas deshonestas sobre los diversos supuestos:

  • Fabricación, falsificación u omisión de datos durante la investigación.
  • Plagio: los autores son responsables de obtener los oportunos permisos para reproducir parcialmente material (texto, tablas o figuras) de otras publicaciones y de citar su procedencia correctamente. Estos permisos deben solicitarse tanto al autor/a como a la editorial que ha publicado dicho material.
  • Publicación redundante: consiste en la publicación de un artículo o trabajo que coincide en lo esencial con otro ya publicado. Este hecho contraviene las leyes internacionales sobre derechos de autor, ética profesional y el uso rentable de los recursos.
  • Autoría falsa: en la lista de autores firmantes deben figurar únicamente aquellas personas que han contribuido intelectualmente al desarrollo del trabajo.
  • Conflictos de interés: la revista espera que los autores declaren cualquier asociación comercial o personal que pueda suponer un conflicto de intereses en conexión con el texto remitido.
  • Violación de leyes y derechos humanos o animales durante el proceso de investigación.

Declaración de autoría, originalidad y cesión de derechos

Todos los autores/as deben declarar su conformidad con todos y cada uno de los puntos que articulan la presente Declaración de autoría, originalidad y cesión de derechos.

Para ello cada autor/a certifica, con respecto al manuscrito que presenta a la revista MEAH HEBREO editada por el Departamento de Estudios Semíticos y la Universidad de Granada:

  • Que ha contribuido directamente al contenido intelectual del trabajo, del cual se hace responsable a todos los efectos.
  • Que aprueba los contenidos del manuscrito que se somete al proceso editorial de la revista MEAH Hebreo, y por tanto está de acuerdo en que su nombre figure como autor.
  • Que el contenido del artículo no ha sido publicado y que tampoco figura en otro trabajo que esté a punto de publicarse.
  • Que se compromete a no someterlo a consideración de otra publicación mientras esté en proceso de dictamen en la revista MEAH Hebreo, ni posteriormente en caso de ser aceptado para su publicación.
  • Que no ha tenido ni tiene, relaciones personales o financieras que puedan introducir prejuicios y sesgos en el desarrollo o los resultados del presente trabajo.
  • Que han sido mencionadas en el epígrafe de agradecimientos todas aquellas personas que, habiendo otorgado su permiso para tal mención, han contribuido de manera sustancial al desarrollo del trabajo.
  • Que se compromete a facilitar, cuando así lo requiera la revista, el acceso a todos los datos y fuentes en los que se funda el trabajo presentado.
  • Que participará activamente en la realización de todas aquellas modificaciones de estilo u orto-tipográficas que sean necesarias para la publicación del trabajo cuando así se lo notifique el equipo editorial de la revista.
  • Que no ha violado, ni violará, las leyes y derechos humanos o animales durante el proceso de investigación y publicación de este trabajo.
  • Que ninguna de las instituciones en las que desarrolla su labor científica e investigadora ha presentado objeciones con respecto a la publicación del manuscrito que se somete a evaluación.
  • Que todos los datos y las referencias a materiales ya publicados están debidamente identificados con su respectivo crédito e incluidos en las notas bibliográficas y en las citas que se destacan como tal y, en los casos que así lo requieran, cuenta con las debidas autorizaciones de quienes poseen los derechos patrimoniales.
  • Que los materiales están libres de derecho de autor y se hace responsable de cualquier litigio o reclamación relacionada con derechos de propiedad intelectual, exonerando de responsabilidad a la revista MEAH Hebreo.
  • Que en caso de que el trabajo sea aprobado para su publicación, autoriza de manera ilimitada en el tiempo a la entidad editora para que incluya dicho texto en la revista MEAH Hebreo y pueda reproducirlo, editarlo, distribuirlo, exhibirlo y comunicarlo en el país y en el extranjero por medios impresos, electrónicos, CD, Internet o cualquier otro medio conocido o por conocer.

Existen dos modos de hacer efectiva dicha conformidad:

  • Para los envíos realizados mediante el sistema Open Journal Systems, será obligatorio marcar la última casilla de la lista de comprobación del envío.
  • Para aquellos casos excepcionales en los que el envío se efectue mediante e-mail, deberá cumplimentarse y adjuntarse al mensaje el siguiente archivo:
    Descargar: Declaración de originalidad, autoría y cesión de derechos.

Bajo ningún concepto se publicará un trabajo sin que el autor/a haya certificado su conformidad con la Declaración.

Guía para Revisores/Evaluadores

Los contenidos de esta guía tienen como objetivo principal conseguir que todo proceso de revisión por pares llevado a cabo en la revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos se caracterice por:

  • Garantizar una revisión independiente, y que transmita apreciaciones constructivas para los autores de manera respetuosa.
  • Asegurar que los manuscritos presentan una panorámica comprensible, objetiva y equilibrada de su temática respectiva.
  • Revisar que se tiene información actualizada, científicamente disponible y verificable.
  • Revisar que las conclusiones o argumentos derivados de la investigación sean inteligibles y relevantes para la disciplina.

Instrucciones sobre confidencialidad y comportamiento ético

Confidencialidad

Todos los manuscritos son información privilegiada por lo que se le solicita a los revisores abstenerse de mostrarlos o discutirlos con terceros a menos que sea para solicitar asesoría en algún aspecto específico.

Comportamiento ético

La revista MEAH Hebreo espera de los revisores implicados en su proceso editorial que:

  • Si un revisor considera que existe alguna otra persona con mayor capacidad para evaluar la pertinencia del material debe comunicarlo al equipo editorial.
  • Si el revisor cree que tendrá dificultades para realizar una evaluación objetiva del material, se le solicita que lo comunique inmediatamente al equipo editorial.
  • Si una relación actual o pasada entre el revisor y cualesquiera instituciones o personas relacionadas con el manuscrito pudiera dar lugar a un conflicto de intereses, el revisor deberá reflejar este hecho en el Formulario de revisión.

Plazos para la revisión

El revisor, una vez aceptado el compromiso de evaluar un manuscrito, deberá emitir su informe en el plazo de un mes.

Estructura y estilo de los informes de revisión

Los revisores emitirán su informe mediante la cumplimentación del Formulario de evaluación y respetando en todo caso las siguientes directrices:

  • El proceso de revisión por pares tiene una doble finalidad; asesorar al equipo editorial sobre la conveniencia de publicar el manuscrito, y comunicar todas aquellas mejoras que puedan realizarse en el trabajo.
  • Por ello el revisor debe ser consciente de que su labor es asesorar como experto acerca del trabajo que otro colega ha hecho, no juzgar o decidir. Luego el tono empleado en los informes será siempre de máximo respeto a las personas e instituciones.
  • Todas las críticas y apreciaciones serán objetivas, y no simples diferencias de opinión o valoraciones personales sin argumentar.
  • Las críticas deben ir siempre dirigidas a la argumentación y a la consistencia de los datos presentados, nunca a los autores.

Información sobre los aspectos a evaluar

Se evaluarán aspectos generales y específicos del manuscrito con el objetivo de averiguar si la investigación que describe:

  • Supone un avance en el conocimiento y es relevante para la disciplina.
  • Cuenta con el nivel de argumentación, redacción y estructura que se exige a las comunicaciones científicas.
  • Resulta de interés para el público destinatario de la revista.

Evaluación de aspectos generales

Los comentarios generales se justificarán en evidencias concretas del manuscrito o en otros trabajos publicados, y deben considerar:

  • El grado de originalidad del trabajo
  • La importancia que tiene para el progreso de la disciplina, y si fuera el caso las implicaciones sociales, culturales o económicas.

Evaluación de aspectos específicos

Se realizará una evaluación de los aspectos específicos agrupados en los siguientes bloques:

Presentación y redacción

Se evaluará la claridad y precisión con la que se ha redactado el manuscrito, tanto en el cuerpo del texto como en los títulos, resúmenes y palabras clave. También resulta de suma importancia que estos elementos reflejen de manera inequívoca el tema principal de la investigación.

Extensión y estructura

Se valora en este bloque si el texto está estructurado en apartados lógicos que transmitan la información de manera eficiente; y si además alguno de esos apartados requiere ampliarse, reducirse o suprimirse.

Metodología

En este bloque se valora que los métodos y criterios se hayan elegido con acierto.

Hallazgos y conclusiones

Se valora que tanto los argumentos como los hallazgos más importantes estén identificados de manera clara en el manuscrito, y que las conclusiones se deriven del análisis de éstos.

Citas y referencias

En este apartado se evalúa que todas las citas y referencias utilizadas en el texto sean pertinentes y estén actualizadas.

Coincidencias

El revisor indicará si conoce la existencia de otros trabajos, publicados o por publicar, cuyo contenido sea idéntico o muy similar al del manuscrito que evalúa.

Estatutos de la revista MEAH-HEBREO

Preámbulo

La creación de la Revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos tuvo lugar en el año 1952 a iniciativa de D. Luis Seco de Lucena y D. David Gonzalo Maeso, catedráticos la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Entre los años 1952-1957 la revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos constaba de un único volumen que se presentaba como anejo al «Boletín de la Universidad de Granada»; contaba con tres apartados: I. Islam y Arabismo, II. Filología Hebraica, Biblia y Judaísmo, y III. Notas bibliográficas.

Desde el año 1958 al año 1996 la revista se desglosó en dos fascículos independientes: I. Islam y Arabismo; II. Filología Hebraica, Biblia y Judaísmo.

Miscelánea de Estudios Árabes Hebraicos, sección de Hebreo se edita de forma independiente desde el volumen 46 (1997) dentro de una colección general llamada Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos y editada por el Departamento de Estudios Semíticos de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Desde el año 1997, cuando la Revista se divide en dos secciones independientes, cuenta con su antiguo ISSN de obra completa (ISSN 0544-408X), uno para la Sección de hebreo (ISSN 1696-585X) y otro para la sección de árabe-Islam (ISSN 1696-5868).

En el año 2012, el Consejo de Redacción de la Revista decide redactar el presente documento de Estatutos con el propósito de alcanzar los siguientes objetivos:

  • Que la Revista se consolide como un vehículo para el estudio y difusión, desde una perspectiva científica, de la temática hebrea en su sentido más amplio.
  • Adaptar la Revista (estructura, información, aspecto) a lo especificado por la normativa ISO sobre publicaciones periódicas científicas.
  • Conseguir una mayor difusión nacional e internacional de la Revista, mediante la creación de una versión electrónica que provea acceso abierto a los contenidos de la misma empleando el sistema Open Journal System (OJS).

De la identificación, contenido y entidades que la auspician

Artículo 1. La Revista llevará el título Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo, que en su forma abreviada será MEAH Hebreo. Así mismo, se publicará con el International Standard Serial Number (ISSN) 1696-585X.

Artículo 2. La Revista tendrá su sede en el Departamento de Estudios Semíticos, ubicado en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Artículo 3. El contenido de la Revista versará sobre cualquier temática relacionada con los estudios hebreos y judíos, en su más amplia acepción: lengua y literatura hebreas, judaística, historia del pueblo judío, etc. Admite para ello artículos y reseñas, que necesariamente deben ser originales y que signifiquen contribuciones científicas para su área de conocimiento.

Artículo 4. La revista se orienta de forma específica hacia el estudioso e investigador universitario y, de modo genérico, a todos aquellos interesados en ampliar sus conocimientos en las muy diversas manifestaciones de la cultura hebrea y su proyección.

Artículo 5. La Revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo estará bajo los auspicios de la Editorial de la Universidad de Granada y el Departamento de Estudios Semíticos. También podrán incorporarse a la Revista, con el título de Entidades Colaboradoras, todas aquellas instituciones, públicas o privadas, que lleven a cabo de un modo permanente proyectos concretos de colaboración, o aporten algún tipo de medios para la consecución de los objetivos propios de la Revista.

De la periodicidad, formato, e idiomas de publicación

Artículo 6. La revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo publicará, al menos 1 (una) vez por año, un volumen constituido por un único fascículo que aparecerá cada mes de diciembre. Además, podrá también publicar suplementos dedicados a temas exclusivos monográficos, simposios, cursos, etc. Estos suplementos serán fascículos adicionales dentro del volumen anual. Los manuscritos que compongan estos suplementos deben seguir el mismo proceso de revisión y aprobación que los números ordinarios.

Artículo 7. La Revista estará disponible en dos tipos de formato. Un formato impreso de dimensiones 17 x/por 24 centímetros, que se encuadernará en rústica cosida. Y una versión electrónica en formato PDF alojada en el sitio web habilitado por el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Granada y gestionada empleando el sistema Open Journal System.

Artículo 8. La Revista publicará sus contenidos en alguno de los siguientes idiomas:

  • Español
  • Inglés
  • Francés
  • Hebreo
  • Alemán
  • Italiano
  • Portugués

De los órganos de la revista

Artículo 9. Los órganos de la Revista son:

  • El Consejo Directivo.
  • La Dirección.
  • La Secretaría.
  • El Consejo de Redacción.
  • El Consejo Asesor.
  • Los evaluadores externos.
  • El Consejo de Honor.
El Consejo Directivo

Artículo 10. El Consejo Directivo asumirá la orientación general y responsabilidad de la Revista y entenderá de los asuntos financieros, administrativos y de organización.

Artículo 11. Compondrán el Consejo Directivo:

  • El director/a de la Editorial Universidad de Granada.
  • El profesorado doctor permanente adscrito a la Sección Departamental de Hebreo. Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada que acepte la propuesta.
  • Las personas que ostenten la Dirección y la Secretaría de la Revista.
  • Una persona por cada Entidad Colaboradora que se incorpore a la Revista.

Artículo 12. Corresponde al Consejo Directivo tomar cuantas decisiones procedan en relación con la Revista y particularmente:

a) La elaboración de los planes financieros, su periodicidad y otras características de su edición.

b) El nombramiento del Director/a.

c) El control de la labor de dirección y gestión.

d) El nombramiento de Entidades Colaboradoras.

e) La firma de acuerdos de colaboración entre la Revista y las diversas instituciones.

f) El nombramiento, a propuesta del Consejo de Redacción, de personas de reconocido prestigio para su adscripción al Consejo Asesor.

g) El nombramiento, a propuesta del Consejo de Redacción, de personas de reconocido prestigio para su adscripción al Consejo de Honor.

h) Aprobar las modificaciones de los estatutos, normas y cualquier documentación vinculada a la Revista y a la regulación de su proceso editorial.

Artículo 13. El Consejo Directivo habrá de reunirse como mínimo una vez al año.

La Dirección

Artículo 14. El director/a de la Revista será un profesor/a doctor permanente de la Sección Departamental de Estudios Hebreos del Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada.

Artículo 15. El Director/a será nombrado por el Consejo Directivo, y tendrá una duración en su cargo de cuatro (4) años; transcurrido ese intervalo, el Consejo Directivo podrá conceder la prolongación por 2 años adicionales. A partir de la finalización del cargo, el mismo deberá renovarse por concurso.

Artículo 16. A la persona responsable de dirigir la Revista le corresponderán las tareas de gestión y realización de la misma, su representación, así como todas aquellas que le sean delegadas por el Consejo Directivo.

La Secretaría

Artículo 17. El Secretario/a será nombrado por la Dirección de la Revista entre el profesorado doctor de la Sección Departamental de Estudios Hebreos del Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada con una vinculación contractual igual o superior al período del mandato del Director/a y con el visto bueno del Consejo Directivo.

Artículo 18. El Secretario/a de la Revista, que lo será también del Consejo Directivo y del Consejo de Redacción, asistirá a la Dirección en las labores de gestión y realización que le son propias y dará fe de los acuerdos y decisiones que se tomen en las reuniones de los distintos organismos de la Revista.

El Consejo de Redacción

Artículo 19. El Consejo de Redacción tendrá como tarea principal la de programar el contenido de la Revista, para lo cual entenderá de la selección y revisión previa de originales y sugerirá los cambios que considere oportunos en cuanto a estructura, composición y forma de la misma. Asimismo, este Consejo asesorará al Consejo Directivo y a la Dirección sobre temas de su competencia cuando éstos lo soliciten.

Artículo 20. El Consejo de Redacción estará formado por:

a) La persona que ostente la Dirección de la Revista, que convocará y presidirá todas las reuniones de este órgano.

b) El Secretario/a de la Revista, que levantará acta de las reuniones.

c) Un máximo de nueve (9) especialistas que deberán ser propuestos por la Dirección de la Revista y confirmados por el Consejo Directivo. Guardándose una proporción de un un tercio (1/3) externo a la Sección Departamental de Estudios Hebreos del Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada.

 

Artículo 21. Son funciones del Consejo de Redacción:

a) Acudir a las reuniones de este órgano y resolver en ellas la admisión provisional y la admisión definitiva de los originales presentados, o bien su devolución.

b) Determinar los evaluadores externos encargados de elaborar el preceptivo informe sobre cada original presentado.

c) Proponer cambios en los estatutos, normas y cualquier documentación vinculada a la Revista y a la regulación de su proceso editorial.

Artículo 22. Los miembros del Consejo de Redacción lo serán por un periodo de 4 (cuatro) años, prorrogables otros dos años más si cuentan con la ratificación del Consejo Directivo.

Artículo 23. El Consejo de Redacción se reunirá –física o telemáticamente– cuantas veces sea preciso previa convocatoria por escrito de la Dirección, la inasistencia de algunos de sus miembros a dos o más sesiones dentro de un mismo año podrá implicar el decaimiento en su condición de Consejero.

El Consejo Asesor

Artículo 24. El Consejo de Redacción de la revista se ayudará, para sus decisiones, de los dictámenes emitidos por el Consejo Asesor. Éste estará compuesto por entre seis (6) y quince (15) miembros, nombrados por el Consejo Directivo de entre aquellos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser científicos de renombre nacional o internacional en alguna de las áreas relacionadas con los estudios hebreos.

b) Ser propuesto por el Director/a, o bien por la mayoría de los miembros del Consejo del Redacción y ser ratificada la propuesta por el Consejo de Redacción

Artículo 25. Las funciones del Consejo Asesor son:

a) Dictaminar, mediante informes solicitados, acerca de la adecuación o no de un trabajo para su publicación.

b) Facilitar las consideraciones que les sean recabadas por el Consejo de Redacción acerca de las modificaciones de un original a las que, en su caso, hubiera lugar.

c) Sugerir estrategias editoriales y líneas de actuación al Consejo de Redacción.

d) Cuantas otras funciones análogas se pudieran derivar de su condición de expertos.

Artículo 26. Los miembros del Consejo Asesor pueden serlo con carácter indefinido, mientras no causen baja voluntaria o por fuerza mayor. Pertenecer al Consejo Asesor de la Revista implica participar activamente en la selección y evaluación de originales cuando así se lo solicite el Consejo de Redacción.

Los evaluadores externos

Artículo 27. Con el fin de determinar la adecuación de un original a las normas de publicación y a las líneas de difusión científica propias de la revista, el Consejo de Redacción contará con el asesoramiento de evaluadores externos.

Artículo 28. Los evaluadores externos deberán ser especialistas en la materia sobre la que versa el original presentado para publicación, y emitirán su informe mediante la cumplimentación del Formulario de evaluación, ateniéndose en todo caso a lo especificado en la Guía para evaluadores.

El Consejo de Honor

Artículo 29. El Consejo de Honor es un órgano de reconocimiento a la labor significativa de alguna persona en el desarrollo y difusión de la Revista.

Artículo 30. El Consejo Directivo será el responsable de nombrar, a instancia del Consejo de Redacción, a los miembros que integran el Consejo de Honor.

De las políticas y el proceso editorial

Artículo 31. La pertenencia de una persona a cualquiera de los órganos de la Revista implica que se compromete a desempeñar sus funciones respetando todos y cada uno de los siguientes preceptos:

a) Se empleará un tono y lenguaje de máximo respeto con todas las personas e instituciones, tanto en las reuniones como en las comunicaciones que tengan lugar en el marco de la revista.

b) Bajo ningún concepto se emplearán, mostrarán o distribuirán los manuscritos originales con una finalidad distinta a las que son propias del proceso editorial de la revista MEAH Hebreo.

c) Se guardará la debida confidencialidad acerca de todas las deliberaciones y resoluciones que tengan lugar en el marco de la Revista, se hayan hecho públicas o no.

Artículo 32. No observar cualquiera de los preceptos especificados en el artículo anterior puede ser causa de destitución, si así lo considera el Consejo Directivo.

Artículo 33. El régimen aplicable al proceso editorial y a las relaciones de la Revista con los autores será el que se recoja en la Guía de Información para autores que esté vigente en cada momento. Dicha guía y sus actualizaciones, además de ser publicadas en el formato impreso, estarán disponibles en el sitio web de la Revista.

Artículo 34. El régimen aplicable en las relaciones de la Revista con los evaluadores externos será el que se recoja en la Guía para evaluadores que esté vigente en cada momento. Dicha guía y sus actualizaciones, además de ser publicadas en el formato impreso, estarán disponibles en el sitio web de la Revista.

De los aspectos financieros y jurídicos

Artículo 35. La Revista se financiará mediante las asignaciones que le sean otorgadas por la Universidad de Granada y los órganos que la representan en el Consejo Directivo, así como con las aportaciones que hagan las Entidades Colaboradoras y otros organismos.

Artículo 36. La Dirección de la Revista presentará anualmente al Consejo Directivo un balance económico de la misma, así como un informe complementario sobre su situación financiera.

Artículo 37. Ni la evaluación o publicación de artículos, ni la pertenencia a alguno de los órganos de la Revista dará derecho a remuneración alguna.

Artículo 38. Los contenidos de la edición electrónica de la revista se publican bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Sin Obra Derivada 3.0 España. Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:

a) Se cite la autoría y la fuente original de su publicación.

b) No se usen para fines comerciales.

c) Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.

Artículo 39. La Universidad de Granada conserva los derechos patrimoniales (copyright) de todos los contenidos publicados, y favorece y permite la reutilización de los mismos bajo la licencia de uso indicada en el artículo anterior.

Artículo 40. La revista MEAH Hebreo declina toda responsabilidad con respecto a las opiniones expresadas por los autores de los trabajos en ella publicados.

Cláusulas adicionales finales

Artículo 41. En el transcurso de los próximos tres meses a partir de la aceptación de los presentes Estatutos, los órganos de la Revista deberán adaptarse, si ello fuera posible, a lo dispuesto en su articulado.

Artículo 42. La modificación de los presentes Estatutos exigirá la aprobación, por mayoría absoluta, del Consejo Directivo de la Revista.

 

En Granada a 23 de mayo del año 2012

Historial de la revista

La creación de la Revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebreos tuvo lugar en 1952 a iniciativa de D. Luis Seco de Lucena y D. David Gonzalo Maeso, catedráticos la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Entre los años 1952-1957 la revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos era un único volumen que se presentaba como anejo al «Boletín de la Universidad de Granada».

Desde el año 1958 al año 1996 la revista se desglosó en dos fascículos independientes: I. Islam y Arabismo; II. Filología Hebraica, Biblia y Judaísmo.

Miscelánea de Estudios Árabes Hebraicos, sección de Hebreo se edita de forma independiente desde el volumen 46 (1997) dentro de una colección general llamada Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos y editada por el Departamento de Estudios Semíticos de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada. Desde el año 1997, cuando la Revista se divide en dos secciones independientes con un ISSN de obra completa (ISSN 0544-408X), una Sección de hebreo (ISSN 1696-585X), y otra de árabe-Islam (ISSN 1696-5868).

Antiguos directores encargados de la sección dedicada a los estudios hebreos:

1952-1976 Dr. David Gonzalo Maeso.

Secretario: Dr. Pascual Pascual Recuero

1977-1986 Dr. Ángel Sáenz-Badillos Pérez

Secretario: Dr. Pascual Pascual Recuero

1987-1994 Dra. María José Cano Pérez

Secretario: Dr. Miguel Pérez Fernández

1995-1999 Dr. Miguel Pérez Fernández

Secretario: Dr. José R. Ayaso Martínez

2000-2007 Dra. Lola Ferre Cano

Secretaria: Dra. Aurora Salvatierra Ossorio

2008-2016  Dra. María José Cano Pérez

Secretario: Dr. José Martínez Delgado

2016-2022 Dr. José R. Ayaso Martínez

Secretaria: Dra. Olga Ruiz Morell

2022-   Dra. Olga Ruiz Morell

Secretaria: Dra. Aurora Salvatierra Ossorio