Statuts
REGLAMENTO DE MISCELÁNEA DE ESTUDIOS ÁRABES Y HEBRAICOS. SECCIÓN ÁRABE E ISLAM
Última versión aprobada el 11/07/2023
Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Árabe e Islam es una revista científica del Área de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Granada, cuyo objetivo es la publicación de un volumen anual con trabajos de investigación originales sobre temas árabes e islámicos en los aspectos filológico, literario, histórico, científico, artístico, entre otros. Se publicará en papel y formato electrónico de libre acceso.
EDITORES
Art.1. La Universidad de Granada es la entidad propietaria y editora de la Revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos (MEAH).
Art.2. La Sección Departamental de Estudios Árabes e Islámicos del Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada es la editora científica y la encargada de la publicación de la Sección Árabe e Islam de la Revista.
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN
Art.3. El equipo editor de la Revista estará integrado por el Consejo de Redacción (Editory Board)
- Director/a,
- Subdirector/a
- Secretario/a,
- 6 Vocales, 3 de la Universidad de Granada y 3 externos a la misma pertenecientes al área de Estudios Árabes e Islámicos.
Art.4. El Consejo de Redacción estará compuesto por nueve profesores doctores del Área de Estudios Árabes e Islámicos, de los cuales un tercio deberá ser de otra Universidad o Centro de Investigación externo, elegidos por los miembros de la Sección Departamental de Estudios Árabes e Islámicos y ratificado por el Consejo del Departamento de Estudios Semíticos. En la votación se requerirá mayoría simple.
Art.5. El director/a de la Revista será elegido/a, a propuesta del Consejo de Redacción, de entre sus miembros de la Universidad de Granada, por la Sección Departamental de Estudios Árabes e Islámicos y ratificado/a por el Consejo del Departamento de Estudios Semíticos de la Universidad de Granada. En la votación se requerirá mayoría simple.
El mismo procedimiento se seguirá para la elección del subdirector/a: a propuesta del/a director/a de la Revista, el Consejo de Redacción elegirá un Subdirector o Subdirectora, de entre sus vocales de la Universidad de Granada, cuyas funciones serán las de sustituir al Director o Directora en caso de ausencia o enfermedad y todas aquellas cuestiones que le encomiende el Director o Directora en el ámbito de sus competencias. La elección será ratificada por el Consejo de Departamento.
Art.6. El Secretario/a será elegido/a, de entre sus vocales de la Universidad de Granada por el mismo procedimiento del artículo anterior, a propuesta del Director/a. En la votación se requerirá mayoría simple.
Art.7. El Consejo de Redacción se reunirá obligatoriamente al menos una vez al año y cuantas veces lo convoque el Director/a.
Art.8. La Revista contará con un equipo de Asesores Científicos que estará compuesto por al menos diez miembros externos a la Universidad de Granada de Universidades y Centros de Investigación españoles y extranjeros que serán elegidos cada cuatro años.
Art. 9. Son funciones del Consejo de Redacción:
- Proponer y aprobar el equipo de Asesores Científicos.
- Resolver sobre la publicación de trabajos recibidos, oído el informe de los Asesores Científicos.
- Decidir sobre la publicación de números monográficos, de Anejos y sobre cuestiones de formato y otros datos técnicos.
- Velar por la consecución del soporte económico de la Revista.
- Remover a cualquier miembro del Consejo de Redacción y del Consejo de Asesores Científicos por grave irregularidad o incumplimiento de sus funciones. La remoción deberá contar con mayoría absoluta. El procedimiento para presentar la moción de censura se regulará análogamente por el Reglamento de Régimen Interno del Departamento de Estudios Semíticos.
- Proponer nuevos miembros a la Sección Departamental y al Consejo de Departamento ante cualquier vacante producida en el Consejo de Redacción por baja o renuncia de alguno de sus miembros.
Art.10. Son funciones del Director/a:
- Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Redacción.
- Elaborar junto con el Secretario/a el orden del día.
- Atender junto con el Secretario/a la correspondencia de la Revista.
- Representar a la Revista y a su Consejo de Redacción donde y ante quienes corresponda.
- Ejecutar los acuerdos del Consejo de Redacción.
- Designar a los evaluadores que juzgarán cada artículo, una vez presentados los trabajos sin autoría reconocible por el Secretario/a.
- Cualquier otra función que le encomiende el Consejo de Redacción.
Las funciones del subdirector o subdirectora son las especificadas en el artículo 5.
Art.11. Son funciones del Secretario/a:
- Levantar acta de todas las reuniones del Consejo de Redacción.
- Elaborar junto con el Director/a el orden del día.
- Atender junto con el Director/a la correspondencia de la Revista.
- Recibir y comprobar la adecuación técnica de los originales, enviar los originales a los Asesores Científicos, comunicar a los autores la aceptación o desestimación de su colaboración, enviar a los autores las pruebas de imprenta y el PDF de su artículo.
- Supervisar y coordinar el proceso de impresión.
- Cualquier otra función que le encomiende el Consejo de Redacción.
Art.12. El Consejo de Redacción y todos los cargos del mismo, así como el Consejo Asesor son elegidos por cuatro años. Todos los cargos son reelegibles. Si se produce una vacante por dimisión u otra causa, se procederá a la elección del cargo. Esta elección se entiende válida hasta que se cumpla el plazo del actual Consejo de Redacción.
Art.13. Los Asesores Científicos se comprometen a evaluar y emitir un informe por escrito en el plazo de un mes sobre los originales que la dirección le envíe.
ASPECTOS TÉCNICOS Y PRÁCTICOS
Art.14. Como norma general, solo se aceptarán trabajos originales e inéditos que se enviarán en papel y en soporte informático. Todos deberán incluir el título, sumario y palabras claves en castellano e inglés.
Art.15. La lengua de la Revista es el español. Se admitirán colaboraciones en otros idiomas.
Art. 16. Todos los artículos recibidos serán enviados al menos a dos evaluadores/as científicos/as seleccionados/as ad hoc para dictaminar y valorar la originalidad, novedad, relevancia y calidad metodológica de todos los archivos recibido, los/las cuales remitirán su informe al Consejo de Redacción de la revista a través de un formulario de evaluación. Al menos un 50% de los revisores/as científicos/as serán externos/as al Consejo de Redacción y a la entidad editora.