El estudio municipal de gramática en Granada a principios del siglo XVI
DOI:
https://doi.org/10.30827/cn.v0i34.1651Palavras-chave:
Humanismo, Escuelas de latín, GranadaResumo
El estudio de gramática de Granada es uno de los tempranos ejemplos de una escuela exclusivamente municipal en el reino de Castilla que funcionaba ya desde el año 1508 bajo el control y la dotación de la ciudad. Los estatutos del estudio nos presentan una escuela donde se enseñaba las studia humanitatis, y donde, tanto la lógica como la instrucción religiosa, quedaban relegadas a un segundo lugar. La cátedra fue regentada hasta 1522 por el bachiller Gonzalo Hernández, quien en 1523 tras su destitución, originaría un prolongado pleito contra la ciudad de Granada. Dicho pleito, no solamente nos ofrece una valiosa información acerca del funcionamiento del estudio sino que, además, nos aclara en algo la poco conocida situación de la enseñanza en Granada en el primer cuarto del siglo XVI. Uno de los testigos del pleito, el bachiller Gabriel de Olmeto, podría haber sido profesor tanto de Diego Hurtado de Mendoza como de Fray Luis de Granada. La historia del estudio de gramática termina con su incorporación a la nueva universidad de Granada.
Downloads
Downloads
Publicado
Como Citar
Edição
Secção
Licença
Nuestra revista se atiene a las recomendaciones para la implementación del Artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación:
- Los/as autores/as cuyas contribuciones sean aceptadas para su publicación en esta revista conservarán el derecho no exclusivo de utilizar sus contribuciones con fines académicos, de investigación y educativos, incluyendo el auto-archivo o depósito de los artículos aceptados en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto de cualquier tipo en un plazo máximo de seis meses.
- Preferiblemente se permitirá el uso de la versión publicada de las contribuciones científicas, que estarán accesibles en abierto tan pronto como sea posible.
-
Que en caso de que el trabajo sea aprobado para su publicación, el/la autor/a autoriza de manera ilimitada en el tiempo a la entidad editora para que incluya dicho texto en Chronica Nova y pueda reproducirlo, editarlo, distribuirlo, exhibirlo y comunicarlo en el país y en el extranjero por medios impresos, electrónicos, CD, Internet o cualquier otro medio conocido o por conocer.