Administración y política en el siglo XVIII: las secretarías del despacho
DOI:
https://doi.org/10.30827/cn.v0i22.2127Parole chiave:
Siglo XVIII, Consejos, SentenciasAbstract
Sobre la base de un estudio prosopográfico, se pretenden señalar algunas de las características internas de las secretarías de Estado y del Despacho en el siglo XVIII, que afectan tanto a su trayectoria institucional como al perfil social de sus servidores. La especialización en distintas materias de gobierno no se considera solo una cuestión formal, sin que se relaciona con problemas políticos de distinto alcance. Unos, como el papel aglutinador de la secretaría de Estado y la instauración o no de una junta de secretarios, afectan al funcionamiento colectivo, y otros, como la organización de los asuntos indianos o los problemas de competencias entre la de Gracia y Justicia y el Consejo de Castilla, tienen que ver mucho con el modelo territorial y de gobierno de la Monarquía. Respecto al personal, es de destacar su perfil diferenciado respecto al de otras instituciones, debido a su jerarquía y cohesión interna, así como su preparación específica, compatibles, sin embargo, con el mantenimiento de fuertes lazos familiares y regionales. Entre la nobleza de toga y la burguesía administrativa se trata de un grupo interesante para el estudio del cambio social.
Downloads
##submission.downloads##
Come citare
Fascicolo
Sezione
Licenza
Nuestra revista se atiene a las recomendaciones para la implementación del Artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación:
- Los/as autores/as cuyas contribuciones sean aceptadas para su publicación en esta revista conservarán el derecho no exclusivo de utilizar sus contribuciones con fines académicos, de investigación y educativos, incluyendo el auto-archivo o depósito de los artículos aceptados en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto de cualquier tipo en un plazo máximo de seis meses.
- Preferiblemente se permitirá el uso de la versión publicada de las contribuciones científicas, que estarán accesibles en abierto tan pronto como sea posible.
-
Que en caso de que el trabajo sea aprobado para su publicación, el/la autor/a autoriza de manera ilimitada en el tiempo a la entidad editora para que incluya dicho texto en Chronica Nova y pueda reproducirlo, editarlo, distribuirlo, exhibirlo y comunicarlo en el país y en el extranjero por medios impresos, electrónicos, CD, Internet o cualquier otro medio conocido o por conocer.