Roces entre la jurisdicción eclesiástica y la real durante el episcopado de fray Alonso Bernardo de los Ríos y Guzmán (1677-1692)
DOI:
https://doi.org/10.30827/cnova.v0i46.7878Palabras clave:
Arzobispo, Chancillería, Granada, Alonso Bernardo de los Ríos y Guzmán, jurisdicción real, jurisdicción eclesiástica, siglo XVIIResumen
Los desencuentros entre el Arzobispo y la Chancillería de Granada fueron un mal inevitable dado el entramado jurídico del siglo XVII. La competencia entre la jurisdicción eclesiástica y la real se agravó, primero, por el patronato regio sobre la Iglesia de Granada y, segundo, por el ímpetu regalista de muchos oidores al que el arzobispado contestó con un intento de reafirmación de la autoridad episcopal. Esta rivalidad fue evidente en los actos y ceremonias públicas. La silla del arzobispo en la procesión del Corpus fue uno de los símbolos más célebres de este pulso entre ambas instituciones. Su reivindicación fue una forma de subrayar la autoridad del arzobispo y, por ende, la jurisdicción eclesiástica. Pero en la vida de los prelados granadinos jugó un papel más profundo q ia personal.
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