La súplica al rey y la supervivencia de las élites moriscas del reino de Granada después de 1570: el caso de Doña Brianda de Venegas
DOI :
https://doi.org/10.30827/cn.v0i42.2644Mots-clés :
lesa majestad, súplica, perdón regio, moriscos, Cenete, Reino de GranadaRésumé
En este artículo se estudia el contenido de los diversos memoriales que fueron enviados a la Cámara de Castilla por la aristócrata morisca Dª. Brianda de Venegas entre 1573 y 1591. En ellos trataba de recuperar su hacienda confiscada al tiempo que solicitaba permiso para regresar a Granada, clamando por su inocencia y la de su difunto marido, Rodrigo de Mendoza Abenchapela, en la rebelión de la Navidad de 1568. Las estrategias de Dª. Brianda y el proceder en la Cámara y la Corte para con la suplicante conforman un interesante ejemplo de las negociaciones entre las élites moriscas y la Monarquía por encontrar un punto de equilibrio en la nueva situación social y política en la que se movían estas élites tras la guerra, al tiempo que nos ilustran por su contraste sobre otras estrategias seguidas por moriscos acaudalados para reconstruir su posición preeminente en el seno de la comunidad morisca tras 1570.
Téléchargements
Téléchargements
Publié-e
Comment citer
Numéro
Rubrique
Licence
Nuestra revista se atiene a las recomendaciones para la implementación del Artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación:
- Los/as autores/as cuyas contribuciones sean aceptadas para su publicación en esta revista conservarán el derecho no exclusivo de utilizar sus contribuciones con fines académicos, de investigación y educativos, incluyendo el auto-archivo o depósito de los artículos aceptados en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto de cualquier tipo en un plazo máximo de seis meses.
- Preferiblemente se permitirá el uso de la versión publicada de las contribuciones científicas, que estarán accesibles en abierto tan pronto como sea posible.
-
Que en caso de que el trabajo sea aprobado para su publicación, el/la autor/a autoriza de manera ilimitada en el tiempo a la entidad editora para que incluya dicho texto en Chronica Nova y pueda reproducirlo, editarlo, distribuirlo, exhibirlo y comunicarlo en el país y en el extranjero por medios impresos, electrónicos, CD, Internet o cualquier otro medio conocido o por conocer.