El ramo de las alcabalas en el Oriente venezolano: un pulso entre el poder institucional y la población tributaria
DOI:
https://doi.org/10.30827/cn.v0i22.2134Palabras clave:
Real Hacienda, Oriente de Venezuela, Siglo XVIII, Alcabalas, Economía, FiscalidadResumen
En el presente artículo se analiza cómo un impuesto de origen medieval no logra ser implantado en una de las zonas marginales del Imperio español hasta una fecha tan avanzada como son los años 1725-33. Al igual que ocurrió en otras demarcaciones indianas, su establecimiento causó importantes quejas por parte de la población que lo consideraba un gravamen excesivamente oneroso, injusto, discriminatorio y, en definitiva, odioso. A pesar de que llegó a suponer aproximadamente el 7% de la recaudación anual de la Caja, cifra realmente importante teniendo en cuenta que entre el 50 y 60% eran entradas en concepto de ayuda exterior, su recaudación fue muy débil debido a las numerosas irregularidades que se cometían en el proceso de la fiscalización. El tributo llegó a identificarse hasta tal punto con la dominación metropolitana que durante el proceso emancipador su abolición se convirtió en una bandera contra España, y terminó por ser definitivamente abolido en 1830.
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