INTERPRETACIÓN, AJUSTE E IGUALDAD DIRECTA
DOI:
https://doi.org/10.30827/acfs.v38i0.1073Resumen
El presente artículo trata de las ideas de interpretación e integridad según Dworkin, al tiempo que considera erróneo el positivismo jurídico y sostiene la existencia de la objetividad moral y jurídica. Así mismo, plantea que la idea de "tomar algo como propio" es esencial para la idea de interpretación, y concluye af irmando que la interpretación en el derecho, como en la democracia, se basa en lo que la gente realmente cree. De ahí se deduce que considerar el proceso de evaluación de las prácticas jurídicas un asunto de "interpretación constructiva" resulte engañoso, ya que lo más llamativo de la teoría de la interpretación de Dworkin reside simplemente en que ofrece una crítica moral (sólida) de las prácticas existentes en relación con una concepción muy abstracta de la igualdad. Esta conclusión se confirma con la distinción que Dworkin establece entre los argumentos de "ajuste" y "sustancia" en el razonamiento jurídico, pues está claro que los argumentos de ajuste son sólo argumentos de sustancia disfrazados. Los argumentos en torno al ajuste ganan peso gracias al principio moral basado en el cumplimiento de las expectativas razonables y al principio democrático que se basa en la idea de que la legislatura tiene el derecho moral de legislar. Las conclusiones generales a las que se llega en el presente artículo son que la teoría de la integridad de Dworkin está orientada en la práctica al mundo real y que, de este modo, constituye únicamente una teoría de la "segunda mejor opción", y que el derecho inspirado en el ideal de justicia sirve mejor como modelo con el que comparar las teorías del mundo real. En particular, en lo que se refiere al modelo de justicia, jamás se les podría pedir a los jueces que mintieran (como reconoce Dworkin que podría ser el caso de la integridad), se preservaría la estrecha conexión entre derecho y justicia en el entendimiento común, y los casos difíciles se entenderían mejor como llamamientos directos a la justicia.
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