Siguiendo los pasos de Francisco Cantera. Los judíos en Aguilar de Campoo y la inscripción hispano-hebrea de la Puerta de Portago*
Tracing the footsteps of Francisco Cantera. The Jews in Aguilar de Campoo and the Hispanic-Hebrew inscription of the Puerta de Portago
Fernando González García
Universidad de Valladolid
ORCID ID: 0000-0002-3582-8970
Recibido: 05/03/2024 | Aceptado: 04/07/2024
https://doi.org/10.30827/meahhebreo.v73.30322
Resumen
En 1942, Francisco Cantera publicó un breve estudio acerca de la lápida trilingüe de Aguilar de Campoo (Palencia), escrita en hebreo, castellano aljamiado y castellano antiguo, sugiriendo varias transcripciones posibles del texto, con la esperanza de encontrar en el futuro alguna fuente adicional que esclareciese su lectura. Afortunadamente, ochenta y dos años después, se ha localizado el documento que tanto ansiaba Cantera; un hallazgo que permitiría identificar a los personajes de la inscripción. Al mismo tiempo, este artículo pretende actualizar el conocimiento general acerca de los judíos medievales aguilarenses, intentando aclarar qué hay de cierto o de erróneo en lo dicho hasta ahora.
Palabras clave: Judíos en Palencia; epigrafía hebrea medieval; Semuel y Jacob Emeleque; Samuel Abravanel; Juan Sánchez de Sevilla.
Abstract
In 1942, Francisco Cantera published a brief study on the trilingual slab from Aguilar de Campoo (Palencia), written in Hebrew, aljamiado Castilian and ancient Castilian, suggesting several possibilities for the transcription of the text, with the hope for the future appearance of an additional source which may clarify its lecture. Fortunately, eighty-two years later, the document which Cantera waited for so much has been found; a discovery which would allow us to identify the characters of the inscription. At the same time, this article intends to update the general knowledge related to the medieval Jews in Aguilar, trying to answer what is true or wrong regarding everything said until now.
Keywords: Jews in Palencia; Hebrew medieval epigraphy; Semuel and Jacob Emeleque; Samuel Abravanel; Juan Sánchez de Sevilla.
* Este trabajo está dedicado al aguilarense, y antiguo profesor de la UNED, Luis Manuel Ruiz Virumbrales.
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González García, F. (2024), Siguiendo los pasos de Francisco Cantera. Los judíos en Aguilar de Campoo y la inscripción hispano-hebrea de la Puerta de Portago. Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos. Sección Hebreo, 73, 59-97. https://doi.org/10.30827/meahhebreo.v73.30322
1. La investigación sobre los judíos en Aguilar (1860-2024)
La presencia de judíos en la villa de Aguilar de Campoo (Palencia) durante la Edad Media ha sido un tema clásico de estudio dentro del hebraísmo español, convirtiéndose en objeto de numerosas publicaciones de carácter histórico y filológico. Un interés que se remonta a mediados del s. XIX y ha pervivido hasta hoy.
Siguiendo un orden cronológico, la primera obra al respecto fueron las Memorias de D. Fernando IV de Castilla de Antonio Benavides, aparecidas en 1860. En el segundo tomo, Benavides recogió varios documentos medievales procedentes del monasterio de Santa María de Aguilar alusivos a «el aljama de los judios de aquel pueblo» (Benavides, 1860: 787-788). De este modo se inició una vía de investigación que, con el tiempo, sería continuada por otros muchos.
El testigo de Benavides fue recogido por José María Quadrado a través del libro España, sus monumentos y artes, su naturaleza é historia. Valladolid, Palencia y Zamora. Este autor fue el primero que apreció la singularidad de la inscripción hispano-hebrea de ‘el Portago’ e intentó descifrar las líneas en castellano antiguo de la parte superior: «De las cuales sólo pudimos leer junio, era MCCC…fijo…» (Quadrado, 1885: 519).
En 1900, Fidel Fita dio a conocer «dos escrituras muy preciosas, que atañen á los hebreos, moradores de Aguilar en 1219 y 1220», contenidas en el Libro Becerro de Santa María de Aguilar. Además, también encontró un códice depositado en la Biblioteca Nacional, donde se menciona una antigua lámpara judía de aceite «que existía y ardía perenne» (Fita, 1900: 340-347) delante del altar mayor de la Colegiata de San Miguel, a finales del s. XVI.
Casi dos décadas después, Ramón Menéndez Pidal publicó la monografía Documentos lingüísticos de España. En ella se incluyen varios textos medievales relacionados con la actividad de los hebreos en la comarca de Aguilar, que a su parecer suponían «la primera muestra extensa del dialecto judío-español» (Menéndez Pidal, 1919: 34).
En el año 1936, Fritz Baer (o en la variante hebrea del nombre alemán Yitzhak Baer), de la Universidad de Berlín, estudió las contribuciones de los judíos a la hacienda castellana e hizo referencia a la destrucción de la aljama de Aguilar por los mercenarios ingleses del Príncipe Negro durante el conflicto dinástico entre Pedro I de Castilla y Enrique II de Trastámara (Baer, 1970: 205). Pese a su aportación, los primeros equívocos sobre los judíos aguilarenses se localizan en este trabajo.
En 1939, el delegado de Bellas Artes Rafael Navarro publicó el Catálogo Monumental de la Provincia de Palencia. Un texto enciclopédico pero carente de rigor donde, entre sus numerosos errores, se sobredimensiona hasta la exageración la población judía de la villa (Navarro, 1939: 241-243).
El gran salto cualitativo en la investigación se produjo en 1942 gracias a Francisco Cantera, catedrático de Lengua y Literatura Hebreas en la Universidad de Salamanca y, posteriormente, en la Universidad Central de Madrid. Cantera conoció la existencia de la inscripción judía de Aguilar a través del helenista Miguel de Unamuno 1, desplazándose por dos veces a la villa para examinarla. Tras un arduo proceso de análisis, para el que contó con la ayuda de un tallista y un fotógrafo, Cantera detalló sus conclusiones en un artículo (Cantera, 1942: 98-112). Aunque se mostró escéptico a dar una lectura definitiva del texto, pues el regular estado de conservación del epígrafe obligaba a la prudencia. Parte de este trabajo está recogido en la obra Breve Historia de la Muy Noble Villa de Aguilar de Campóo de su colaborador Luciano Huidobro (Huidobro, 1980: 86-93).
No conforme con esto, Cantera recurrió a los fondos de Santa María de Aguilar en busca de algún documento que le permitiera transcribir de forma segura los nombres y el patronímico de los personajes mencionados en la inscripción. Por ese motivo, hizo una enmienda en la que matizó parcialmente su lectura inicial. Fue publicada tanto en un segundo artículo junto a Huidobro (Huidobro y Cantera, 1954: 335-346) como en la compilación Las inscripciones hebraicas de España (Cantera y Millás, 1956: 329-331).
El siguiente avance llegó en 1967, cuando Pilar León Tello recopiló toda la documentación medieval conocida hasta la fecha relacionada con los judíos en la provincia de Palencia. Una obra ejemplar y de imprescindible consulta (León Tello, 1967: 1-169).
Las últimas aportaciones han sido la tesis doctoral La orden premonstratense en España. El monasterio de Santa María de Aguilar de Campoo (siglos XI-XV), a cargo de la medievalista argentina María Estela González de Fauve (González de Fauve, 1991a, 1991b) y la Documentación del monasterio cisterciense de San Andrés de Arroyo (siglos XI-XV), de Miguel Carlos Vivancos (Vivancos, 2023).
2. Los documentos relacionados con los judíos
Como veíamos en el apartado anterior, Cantera trató de compensar las dificultades de lectura que presentaba la inscripción recurriendo al archivo de Santa María de Aguilar. Buscaba alguna información que le ayudara a identificar a los personajes de la lápida, aunque no tuvo fortuna. Las fuentes medievales pueden resultar muy útiles para entender el origen del texto trilingüe y conocer la sociedad judía aguilarense. Por esa razón, he hecho una breve reseña de los textos escritos y el material epigráfico asociados a los judíos; indicando su fecha, procedencia y los datos esenciales que contienen. Para esta recopilación se ha tomado como base el trabajo de León Tello, añadiendo las novedades que han ido apareciendo con el paso del tiempo, incluido el documento que ha dado pie a este artículo. Así, el nuevo hallazgo quedará inserto en el contexto documental sobre los judíos en la villa.
Contamos con algo más de tres siglos de referencias acerca de la comunidad judía. La más antigua está fechada en el año 1187 y la más reciente en 1495. En total, son 53 textos en pergamino o papel y 1 inscripción sobre piedra. La mayoría están relacionadas con la recaudación de tributos; en concreto, 17 tratan directamente sobre esta actividad, 4 sobre préstamos y 5 referentes a deudas. Otros 6 aluden a un pleito por cuestiones religiosas, 1 a un pleito por secuestro y 17 son noticias en las que se menciona a los judíos, sus propiedades, la judería, la sinagoga, etc. Por último, tenemos 1 compra y 3 ventas realizadas por miembros de la aljama.
•1187, s.m., s.d. Compra de unos turnos de molienda «en los molinos de la Uega» por el judío Mael y su esposa Merian a los hijos de Migael Petrez del Campo y otros. Fueron testigos: Zac Baua, Zac de Castro, Halab, Zach de Saldanna, Iuceph Ferrero, Iago Chufon, Azecrin Ferrero, Halap Uedi, Iucep de Leuanza, Halaph fide Iago Milano, Halaph Ferrero, Haui so ermano, Zac ierno de Iuceph, Abrahan, etc. AHN, Sección Clero, Libro Becerro de Santa María de Aguilar, fol. 15r (González de Fauve, 1991b: 202-203 2).
•1219, octubre, 25. Aguilar. Venta que Oro Sol, viuda de Iuceph de Leuanza, y su hijo Zac hacen al abad Don Michael, de Santa María de Aguilar, de las tres cuartas partes «del molino que auiemos en aguilar enel mercado» a cambio de 210 maravedís. Fueron testigos Semuel, hijo de Iuceph Milano, y Guerson, hijo de Iuceph el guer. AHN, Sección Clero, Libro Becerro de Santa María de Aguilar, fols. 62v y 63r (Fita, 1900: 341-343).
•1220, marzo, 4. Aguilar. Oro Sol y Zac venden a Don Michael, abad del monasterio, «toda la parte que era á nos ennos molinos de mercado que los dizen los molinos de la rauia, que son en espliego del mercado de aguilar, que son cerca sant michael» por 100 maravedís. Entre los testigos figuran los judíos Garsón, fí de Iuceph, y Mosé, fi de Iago Ferrero. AHN, Sección Clero, Libro Becerro de Santa María de Aguilar, fol. 64r (Fita, 1900: 343-344).
•1241, marzo, 26. Pedro Ferrán, hijo de Fernán Pérez, vende a Don García Guter, abad de Santa María de Aguilar, un solar en la villa cercano al de Pedro Gadea, además de un huerto «que es cercala sinoua econ entradas econ exidas et con prestamos econ quanto aquel solar pertenez», a cambio de 12 maravedís. AHN, Sección Clero, Libro Becerro de Santa María de Aguilar, fol. 96r (González de Fauve, 1991b: 380-381).
•1288, febrero, 14. Controversia entre Don Çag de Faro, recaudador enviado por Don Abraham Barchilón en nombre del rey Sancho IV de Castilla, y el prior fray Gonzalo acerca de unas casas que el monasterio de Aguilar poseía «en el barrio del molinillo que se llama del Aceña». Lleva una anotación al dorso que dice: «casas en la judería». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1661, núm. 18 (León Tello, 1967: 105).
•1290, septiembre, s.d. Huete. Reparto a las aljamas judías de Castilla. La de Aguilar debía contribuir con 8.600 maravedís. Mientras, Palencia, Paredes de Nava (junto a Cisneros) o Carrión de los Condes (incluidas Saldaña y Monzón de Campos) tenían en cabeza 33.280, 41.985 y 73.480 maravedís respectivamente. AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 7218, núm. 4 (León Tello, 1967: 105).
•1311, marzo, 13. Confirmación de diversos privilegios concedidos a la abadía de Santa María de Aguilar por el infante Don Pedro de Castilla, I Señor de la localidad, entre ellos el cobro del diezmo de los pechos sobre la aljama aguilarense. Se ordena a los judíos que entreguen al monasterio el diezmo que debían al rey. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1666, núm. 18 (León Tello, 1967: 107-108).
•1312, marzo, 26. Testimonio notarial de una carta del rey Fernando IV por la que se manda a Don Ferrant Roys, adelantado mayor de Castilla, con los alcaldes y el merino de Aguilar que, en cumplimiento del privilegio concedido por el infante Don Pedro, fuercen a los judíos de la aljama a entregar al monasterio «todo el diezmo del pecho que ellos hayan de dar, sin mengua». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1666, núm. 19 (León Tello, 1967: 108).
•1315, febrero, 12. Sentencia ante el alcalde de Aguilar, a propósito de las cartas y plazos de deudas que Juan Andrés de Quintanilla debía a varios vecinos, incluido el judío Mossé. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1667, núm. 11 (León Tello, 1967: 108).
•1327, enero, 15. Aguilar. Pleito en el cual Domingo Abat y Pero Ferrandez, procuradores del monasterio de San Andrés de Arroyo (Palencia), demandaron a los recaudadores Domingo Perez, Tome Gonzalez y Iohan Escriuano por el impago de una renta de 1.800 maravedís anuales sobre el portazgo de Aguilar, que estos debían a la abadía desde 1325. La parte demandante llamó como testigos a los judíos Çague de Castro, quien afirmó que «el e Açecrin, su suegro, […] touieron el portadgo de Aguilar a renta bien veynte annos», y Çague Ruçio, cuya declaración fue en la misma línea. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1733, núm. 7 (Vivancos, 2023: 179-190).
•1357, marzo, 8. Burgos. Confirmación por parte del infante Don Tello de Castilla, II Señor de Aguilar, a petición del abad Juan, de varios privilegios que habían sido concedidos años antes al monasterio de Santa María de Aguilar por su hermano Don Pedro. Entre ellos, «todo el diezmo de lo que rendiere la escrivania e portadgo e el pecho de los judios del dicho logar». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1675, núm. 3 (Huidobro y Cantera, 1954: 338).
•1366, noviembre, 20. Nueva confirmación de Don Tello, por la que se concedía al monasterio de Aguilar el privilegio del diezmo del pecho sobre la aljama judía de la villa. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1675, núm. 18 (León Tello, 1967: 111).
•1368, s.m., s.d. Noticia del escritor judío Samuel Zarza, afincado en Palencia de acuerdo con algunos autores, aunque la opinión mayoritaria lo sitúa en Valencia, recogida en el epílogo de su obra Mekor Hayyim (comentario al Pentateuco). Según afirma, durante el conflicto dinástico entre Pedro I de Castilla y Enrique II de Trastámara fueron asesinados numerosos judíos en Aguilar y Dueñas que «eran sabios y rectos y mantenían entre ellos a multitud de escolares» (León Tello, 1967: 15-16).
•1370, septiembre, 5. Aguilar. Sentencia dada por Pascual Sánchez, alcalde de la villa, sobre una demanda que el monasterio de Santa María de Aguilar había interpuesto contra la aljama judía para que pagase 300 maravedís por el diezmo de los 3.000 maravedís anuales que tenía sobre sí, por cabeza de pecho. La defensa alegó que la aljama habría quedado despoblada «por muchas muertes, e males e daños que recibieron de los ingleses» y, por esa razón, Don Tello les había rebajado la cabeza de pecho a 1.200 maravedís en un albalá. No obstante, al no poder presentar el supuesto albalá como prueba, los judíos fueron condenados a pagar los 300 maravedís exigidos más las costas del juicio (Benavides, 1860: 787-788).
•1374, enero, 15. Aguilar. Carta sellada de Don Juan Téllez de Castilla, III Señor de la villa tras la muerte de su padre, Don Tello, alusiva a cinco cartas públicas de deudo en las que Iohan Pérez El Viejo y varios vecinos más de Helecha de Valdivia (Palencia) se otorgan y reconocen deudores de Abraham de la Yedra y Yuçe Creçiente, «vezinos e moradores en… Aguilar», comprometiéndose a devolver a ambos el dinero que les habían prestado con sus bienes muebles y raíces como aval. AHN, Sección Clero, Pergaminos, doc. 529-P-1406 (Huidobro y Cantera, 1954: 340-342).
•1377, mayo, 18. Aguilar. Carta sellada de Ferrand Peres, escribano público de la villa, por la cual Johan Garcia, párroco de las Henestrosas de las Quintanillas (Cantabria), y otros vecinos del mismo lugar se declaran deudores de Samuel Creciento, hijo de Ben Fas Creciento, «vesino de Aguilar». Se comprometen a la devolución de 120 maravedís más 12 dineros de penalización por cada día de retraso en el pago, poniendo como garantía sus bienes muebles y raíces (Muñoz, 1880: 207-208) 3.
•1380. Aguilar. Donación que María Miguellez hace por testamento a Santa María de Aguilar de «mis cassas que he en la juderia… al barrio del molynillo», para contribuir al mantenimiento de la enfermería del cenobio. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1677, núm. 16 (González de Fauve, 1991a: 307).
•1381, junio, 1. Aguilar. Epígrafe de piedra caliza con inscripción trilingüe en hebreo, castellano aljamiado y castellano antiguo, colocado sobre la puerta noreste del recinto amurallado de la villa y conmemorativo de algún trabajo de restauración. Fue transcrito por Francisco Cantera en 1942 (Cantera, 1942: 98-112) y estudiado de nuevo en trabajos sucesivos (Huidobro y Cantera, 1954: 335-346; Cantera y Millás, 1956: 329-331).
De entre este extenso repertorio de fuentes, sobresale por su relevancia para el análisis de la inscripción hispano-hebrea de Aguilar, así como el estudio de los judíos en el conjunto de Castilla, este documento novedoso:
•1382, abril, 12. Palencia.. Traslado de una carta de Juan Sánchez de Sevilla, contador mayor del rey Juan I de Castilla, de origen converso, en la que arrienda a Semuel Henemelec la recaudación de las tercias reales «del obispado de Palençia con las faldas de tierra de Leon et con la abadia de Valladolid». Le siguen los traslados de otras dos cartas en las que diversos personajes, todos ellos judíos y residentes en la ciudad de Palencia, se van subarrendando entre sí el cobro de dichas tercias. CPAC, Sección Medieval, Manuscritos, carp. 3, núm. 1 (Los tres eran inéditos hasta la fecha) 4.
•1388, junio, 14. Aguilar. Doña Rica, hija de Don Salamon Manen y viuda de Don Jacob aben Motar, y Semuel aben Motar, su hijo, venden a Ferrand Gutiérrez Churrón unas casas en el barrio de la judería, cerca de ‘el Molinillo’. Lindaban «dela una parte, solar de casas et huerta que fueron de don Jacob Manen; et delante las dichas casas, la calle rreal; et de tras delas dichas casas, el arroyo que viene dela fuente de Palaçio». Figuran como testigos Don Salamon Anbran, Don Yuça Anbram y Abraham Almanner, vecinos de la villa. AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1678, núm. 9 (Menéndez Pidal, 1919: 60-61).
•1399. Aguilar. Donación de Fernando González y Juana Fernández, su mujer, a la abadía de Santa María de Aguilar de su heredad a cambio de una capellanía semanal. Entre los bienes, se incluyen unas casas «en el barrio de la judería de la misma villa». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1679, núm. 9 (González de Fauve, 1991b: 52).
•1423, julio, 24. Venta de Pedro Fernández de Bustillo a fray Hernando de Herrera de unas casas en Aguilar que lindan «con el valle y con casas que fueron de don Simuel Cresciente». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1628, núm. 21 (León Tello, 1967: 122).
•1439, s.m., s.d. Libro de recebta de los contadores mayores del rey Juan II de Castilla. Entre los recaudadores al servicio de la Corona en la actual provincia de Palencia se menciona a Don Yuça Creciente, «vecino de Aguilar de Campoo». AGS, Escribanía mayor de rentas, Contaduría de la razón, leg. 2, núm. 1 (León Tello, 1967: 124).
•1440, enero, s.d. Relación a propósito de las alcabalas y tercias de la Corona de Castilla. En ella se hace referencia a Don Yuçef Creciente «vecino de Aguilar, arrendador mayor de la moneda forera de Asturias de Santillana». AGS, Escribanía mayor de rentas, Contaduría de la razón, leg. 2, núm. 2 (León Tello, 1967: 124).
•1462, marzo, 5. Pleito entre fray Juan del Castillo, procurador del monasterio de Santa María de Aguilar, y Don Abraham Cresçiente, de la aljama judía, ante Pedro González de Gatos, alcalde de la villa. La abadía llevaba reclamando desde hacía cuatro décadas 300 maravedís anuales del diezmo de los pedidos sobre los judíos, que no le habían sido pagados. Primero, la defensa recusó al juez por no considerarlo imparcial, luego se alegó que «si en esos cuarenta años no hubo aljama, lo que no existe, no debe pagar; y si la hubo, ha perdido el derecho el monasterio por no reclamar el pago a su tiempo». AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 5357 (León Tello, 1967: 132).
•1462, mayo, s.d. Palencia. Documento de arrendamiento de pan, vino y menudos del Cabildo de Palencia. Don Todros, judío vecino de Aguilar, figura como arrendador en distintas localidades palentinas. ACP, Actas Capitulares (León Tello, 1967: 133-134).
•1463, junio, s.d. Palencia. Documento de arrendamiento de rentas en el que Yuça, hijo de Don Todros y vecino de la villa de Aguilar, aparece mencionado como arrendador en las poblaciones de Llantada y Llantadilla (actual Lantadilla, Palencia) junto al maestre Aym, vecino de Carrión de los Condes. ACP, Actas Capitulares (León Tello, 1967: 134).
•1483, enero, 15. Entrega en tributo, fuero y censo perpetuo que el abad y el prior de Santa María de Aguilar hacen a Don Abrayn Tovy de unas viviendas con su corral que el monasterio poseía en la judería de la villa. Estas propiedades lindaban con las casas de Don Mose Cidicaro, las de Alfonso de Miguel y la calle pública; y se otorgaban «al judío de ésta». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1686, núm. 7 (Huidobro y Cantera, 1954: 342-343).
•1483, enero, 15. El monasterio de Aguilar otorga a Don Çaçon Pardo y Palanciana, su mujer, vecinos de la villa, dos pares de casas contiguas con sendas huertas situadas en el barrio de ‘los Cothos’. Lindaban con «la calle pública, e detras huerta de Françisco Campo de la Guesta, casar de Raby Çag (?) e casas del cabildo de Sant Miguel». AHN, Sección Clero, Pergaminos, carp. 1685, núm. 6 (Huidobro y Cantera, 1954: 343).
•1483, diciembre, 16. Vitoria. Emplazamiento de Pedro García Cabezón contra Don Todros, vecino de Aguilar, por una deuda que había contraído con él y aún no había sido saldada. AGS, Registro General del Sello, fol. 226 (León Tello, 1967: 141).
•1484, diciembre, 2. Obligación por la que Alfon, hijo de Alfón Martínez, se impone el pago de 800 maravedís a Mosé Avenarduriel (o Avernael), rabí Sento y Simuel Tovy, vecinos de Aguilar. Estos le habían prestado dinero para la compra de un paño de color. AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 5357 (León Tello, 1967: 142).
•1485, abril, 28. Reparto de 18.000 castellanos entre las aljamas judías de Castilla para que contribuyesen a los gastos de la Guerra de Granada. Correspondió a la aljama de Aguilar el pago de 112 castellanos y medio. AGS, Registro General del Sello, fol. 277 (León Tello, 1967: 143).
•1485, agosto, 9. Valladolid. Orden de los Reyes Católicos a Don García Fernández Manrique, Marqués de Aguilar, para que envíe al Concejo de Valladolid a unos judíos de la villa que se habían negado a pagar el reparto de castellanos que les correspondía al receptor Diego Remírez de Lucena. AGS, Registro General del Sello, fol. 21 (León Tello, 1967: 143).
•1487, mayo, 31. Tordesillas. Carta real a Antón Serrano y Nuño de Hermosa para que tomen preso al judío Abraham Harache, vecino de Aguilar, y lo lleven a la corte en vistas a juicio por haber renegado «de la Virgen gloriosa Santa María, nuestra sennora, e dixo otras blasfemias y palabras feas dello». También se especifica que si no logran dar con él secuestren todos sus bienes. AGS, Registro General del Sello, fol. 99 (Huidobro y Cantera, 1954: 343).
•1487, agosto, 1. Burgos. Comisión a García Rubio, funcionario real, para que vaya a la villa de Aguilar y secuestre los bienes de Abraham Farache que aún no hubiesen sido confiscados. AGS, Registro General del Sello, fol. 114 (León Tello, 1967: 146).
•1487, agosto, 13. Burgos. Carta de los Reyes Católicos, a petición de Don García Fernández Manrique, Marqués de Aguilar, concediendo un seguro durante veinticinco días a su vasallo Abraham Farache para que se pudiese desplazar a la corte y «alegar de su derecho ante nos en el nuestro consejo» por los delitos de los que se le acusaba. AGS, Registro General del Sello, fol. 240 (León Tello, 1967: 82-83).
•1487, septiembre, 5. Burgos. Carta real en la que se accede a la petición de Mosé Rabí, vecino de Aguilar, garantizando su seguridad frente a Salamón Harache por «un compromiso que habían hecho». AGS, Registro General del Sello, fol. 229 (León Tello, 1967: 146).
•1487, septiembre, 15. Burgos. Carta real en la que se ordena el levantamiento de los bienes secuestrados unos meses atrás a Abraham Farache, vecino de Aguilar. AGS, Registro General del Sello, fol. 127 (León Tello, 1967: 146).
•1487, noviembre, 8. Burgos. Comisión sobre la demanda que Don Luis de Acuña, obispo de Burgos, había interpuesto contra Abraham Farache por una deuda de rentas. AGS, Registro General del Sello, fol. 49 (León Tello, 1967: 147).
•1487, diciembre, 5. Burgos. Carta real en la que se ordena a las justicias de Aguilar que devuelvan los bienes confiscados a la mujer y el hijo de Abraham Farache. Le acompaña un seguro de la misma fecha concedido a favor de esa familia y su patrimonio. AGS, Registro General del Sello, fols. 48 y 52 (León Tello, 1967: 147).
•1487, diciembre, 14. Burgos. Encargo de los Reyes Católicos a Diego de Medina, alcalde de Herrera de Pisuerga (Palencia), para que sean reconocidos a Abraham Farache y su hijo los pagos que habían hecho a García Fernández Manrique, Marqués de Aguilar, cuando Abraham Farache estuvo preso en la corte. AGS, Registro General del Sello, fol. 33 (León Tello, 1967: 147).
•1488, marzo, 20. Burgos. Provisión a Diego de Quevedo para que tome un escolta que le proteja de Don Todros, judío de Aguilar, en caso de que este «le pusiese sospecha al determinar sus causas». AGS, Registro General del Sello, fol. 67 (León Tello, 1967: 147).
•1488, agosto, 14. Burgos. Carta de seguro que los Reyes Católicos conceden al judío Yuça Creçient, vecino de Cervera de Pisuerga (Palencia). El motivo era estar protegido del Marqués de Aguilar, Don García Fernández Manrique, ya que se había desavecindado de la villa para trasladarse a Cervera, dejando en ella ciertos bienes, junto a algunas deudas, y temía «quel dicho marqués le fara o mandara faser algunos males o dapnos o desaguisados» en represalia. AGS, Registro General del Sello, fol. 67 (León Tello, 1967: 84-85).
•1489, enero, 20. Valladolid. Provisión real para que las aljamas judías del Obispado de Palencia contribuyesen a los gastos de la Guerra de Granada, en reparto de 10.000 castellanos de oro o su equivalente en maravedís. A la aljama de Aguilar, que incluía la de Reinosa (Cantabria), le correspondió el pago de 20.800 maravedís. AGS, Registro General del Sello, fol. 215 (León Tello, 1967: 148).
•1489, junio, 1. Jaén. Carta sellada de los Reyes Católicos. Ordena el cumplimiento de varias sentencias dadas a favor de Pedro García de Cabeçón para que Gutierre de Vedoya, Yuçe Arache, Abraham Arache «e otros judíos vesinos de la villa de Aguilar que agora biuen en la villa de Herrera e en la dicha villa de Aguilar» le devuelvan sus bienes. Tiempo atrás estos le habían exigido el pago de ciertas sumas de dinero, pese a no tener deuda alguna con ellos, y lo habían tenido preso por la fuerza contra derecho y seguro real. AGS, Registro General del Sello, fol. 106 (León Tello, 1967: 86-87).
•1490, marzo, s.d. Petición de los judíos Abraham Harache y Salamo Harache para que se confisque el ganado a Rabi Yuçé Abensanto y Don Çad Abenxucrán, «vesino de Aguilar». Estos habrían intentado sacar reses de la tierra de Campoo para venderlas en Burgos. AGS, Registro General del Sello, fol. 124 (Huidobro y Cantera, 1954: 343).
•1490, marzo, 18. Orden a los alcaldes y merinos de Aguilar para que desembarguen el ganado propiedad de Yuçe Aben Santo y de Don Çad Aben Xucrán «mediante fianza de los mismos». AGS, Registro General del Sello, fol. 154 (León Tello, 1967: 150).
•1490, agosto, 10. Burgos. Emplazamiento a Don Ça aben Jucrán, vecino de la villa de Aguilar, para que pague la cantidad que debe a Juan de Baeza. AGS, Registro General del Sello, fol. 256 (León Tello, 1967: 150).
•1491, febrero, 10. Orden a las aljamas judías del Obispado de Palencia para contribuir a los gastos de la Guerra de Granada, en reparto de 10.000 castellanos de oro. A la aljama de Aguilar, que de nuevo incluía la de Reinosa, le correspondió pagar 31.250 maravedís. AGS, Registro General del Sello, fol. 258 (León Tello, 1967: 150).
•1492, mayo, 22. Comisión por parte de los Reyes Católicos a Alfonso del Castillo, vasallo real, a petición de la aljama de Aguilar, para que dictaminase sobre la cuestión de las deudas de los judíos. AGS, Registro General del Sello, fol. 341 (León Tello, 1967: 152).
•1495, marzo, 16. Entrega en censo que la abadía de Santa María de Aguilar hace a Álvaro Rodríguez de unas casas en la villa, situadas en la calle «nueba que de antes era judería». AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 5372 (León Tello, 1967: 157).
•1495, marzo, 26. Carta sobre unas viviendas de Juan Sánchez de Valladolid en la antigua judería de Aguilar. En concreto, se trata de unas casas propiedad del monasterio ubicadas en «la Mejorada». AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 5372 (León Tello, 1967: 157).
•1495, marzo, 28. Entrega en censo que la abadía de Santa María de Aguilar hace a Diego de Bustamante de unas casas «en la calle Nueva que llaman la Mejorada, las cuales habían pertenecido a Abraham Pardo, judío». Lindan por la parte trasera con el arroyo y la cuneta. AHN, Sección Clero, Papeles, leg. 5372 (León Tello, 1967: 157).
•S.f., s.m., s.d. Referencia contenida en un códice de la Biblioteca Nacional, publicada por Fidel Fita, sobre una lámpara de aceite hecha de hierro y azófar que, presuntamente, habría pendido de una cadena frente al altar mayor de la Colegiata de San Miguel de Aguilar a finales del s. XVI. Se decía que perteneció con anterioridad a la antigua sinagoga de la villa. La pieza llevaba una corona epigráfica escrita en hebreo, con caligrafía del s. XIV y el siguiente recordatorio: «Rabí Samuel, natural de Paredes, hijo de Finées Caro el ya difunto (sea su descanso el Edén), hizo esta lumbrera». BNE, Códice D 100, fol. 163 (Fita, 1900: 345-347).
3. La población judía en la villa
Los autores que investigaron acerca de la comunidad judía de Aguilar entre finales del s. XIX e inicios del s. XX se limitaron a señalar los «numerosos» miembros de dicha minoría que figuran en la documentación medieval relacionada con la villa (Quadrado, 1885: 519) y el aspecto «floreciente» mostrado por la aljama durante este periodo (Fita, 1900: 344). No fue hasta 1939 cuando Rafael Navarro se aventuró a ofrecer una cifra aproximada de los judíos que habrían vivido de manera estable en la localidad.
Según Navarro, los encabezamientos contributivos y las ordenanzas de las aljamas revelaban «una población de 5 o 6.000 judíos en Aguilar» (Navarro, 1939: 242); un cálculo que Cantera y Huidobro consideraron desorbitado, «pues ni la población cristiana logró nunca alcanzarla» (Huidobro y Cantera, 1954: 344), «ni villa alguna de Castilla» (Huidobro, 1980: 90). Sin embargo, la aparición en el año 2005 del libro divulgativo El Norte de Sefarad, de Anun Barriuso y José Manuel Laureiro, volvió a recuperar la tesis de Navarro, matizándola ligeramente al rebajar el número de judíos a unos «cuatro mil» (Barriuso y Laureiro, 2005: 8). Esta reinterpretación estaría basada, al parecer, en un supuesto censo elaborado por el clérigo aguilarense y profesor de hebreo Gregorio Ruiz 5.
Tanto la interpretación inicial de Navarro, como la posterior de Barriuso y Laureiro, sobre una pretendida población de 4.000, 5.000 o 6.000 judíos en Aguilar carecen de fundamento. Las cifras no concuerdan con los estudios demográficos sobre los judíos en la España medieval, como los del profesor Miguel Ángel Ladero, quien estima que hacia 1480 la población judía del conjunto de la Corona de Castilla era de alrededor de 70.000 personas (Ladero, 2016: 43); ni tampoco con la propia población de la villa de Aguilar, pues según sabemos gracias al Diccionario de Pascual Madoz, entre 1845 y 1850 esta contaba con un total de 186 vecinos y 618 almas repartidos en 293 casas (Madoz, 1984: 28-29), lo que lleva a pensar que durante la Edad Media su población sería seguramente inferior, rondando quizás los 500 habitantes.
Para hacernos una idea de cuántos de estos 500 habitantes medievales eran judíos, es necesario acudir a las fuentes. A partir de ellas, he elaborado un recuento de aquellos que pudieron residir en la villa durante los algo más de tres siglos estudiados. Han quedado excluidos los que sólo tuvieron una relación coyuntural; tal vez por desplazarse a Aguilar para recaudar tributos, participar en alguna transacción, por motivos familiares, etc.
Ese parece ser el caso los recaudadores Çag de Faro y Abraham Barchilón, forasteros ajenos a la villa; Semuel Henemelec y su hermano Jacob, vecinos de Palencia, sobre quienes me extenderé más adelante; Mose Cidicaro, ya que existe un texto de 1362 en el que la abadía de Santa María de Aguilar solicita un préstamo a «Moisés Cady Caro de Villadiego» (González de Fauve, 1991a: 306) y otro documento inédito de 1402 donde se menciona a unos judíos apellidados Çidicaro, también «vesinos de Villa Diego» 6; o Raby Çag, antiguo propietario de unas casas en Aguilar en 1483 (Huidobro y Cantera, 1954: 343), pero avecindado en Arconada (Palencia), como muestra un documento de 1485 (León Tello, 1967: 142). Aun así, he incluido a algunos considerados dudosos, por lo que cabe la posibilidad que el número de judíos esté sobredimensionado.
Durante el s. XII he podido contabilizar 18 individuos. Todos figuran en un mismo documento del año 1187 (González de Fauve, 1991b: 202-203). Se trata de Mael (o Mair), Meriam, su esposa y dieciséis testigos: Zac Baua, Zac de Castro, Halab 7, Zach de Saldanna 8, Iuceph Ferrero, Iago Chufon 9, Azecrin Ferrero, Halap Uedi, Iucep (o Iuceph) de Leuanza, Halaph fide Iago Milano, Halaph Ferrero, Haui Ferrero, Zac ierno de Iuceph 10, Abrahan, Rabbi Halaph y Rabbi Zac.
En el s. XIII, tenemos sólo 5 judíos relacionados con Aguilar. Son Oro Sol, viuda de Iuceph de Leuanza, y su hijo Zac, que entre 1219 y 1220 vendieron unos derechos en los «molinos de la rauia» (Fita, 1900: 343-344) a la abadía de Santa María de Aguilar. Dieron fe Semuel fijo de Iuceph Milano, Guerson (o Garsón) fijo de Iuceph el Guer y Mosé fi de Iago Ferrero. Todos ellos, excepto Guerson, están emparentados con los del siglo anterior, puesto que reaparecen los apellidos Milano y Ferrero, a la vez que Oro Sol y Zac son la esposa e hijo, de Iuceph de Leuanza. Aunque no queda del todo claro que fuesen vecinos de Aguilar, ya que es posible que sólo tuviesen algunas propiedades en la villa, pero no viviesen en ella 11. De hecho, no vuelven a figurar en más documentos.
En cuanto al s. XIV, 17. Entre ellos se encuentran el prestamista Mossé, de quien se dice explícitamente que era vecino de Aguilar, en 1315; Çague de Castro, Açecrin, su suegro, y Çague Ruçio, documentados los tres en 1327; Abraham de la Yedra y Yuçe Creçiente, ambos vecinos de la villa, en 1374; Ben Fas Creciento junto a su hijo, Samuel Creciento, en 1377 y el grupo formado por Doña Rica, su padre, Salamon Manen, el marido de Rica, Jacob aben Motar, el hijo de este, Semuel aben Motar, Jacob Manen, su madre, Doña Clara 12, y los testigos Don Salamon Anbran, Yuça Anbram y Abraham Almanner, todos ellos avecindados en la villa, en 1388.
El s. XV marca la cifra más alta de población judía, con 21 individuos. De gran parte de ellos se dice de manera expresa que estaban avecindados o tenían propiedades en Aguilar. Se trata de Simuel Cresciente, mencionado en un documento de 1423; Yuça (o Yuçef) Creciente, en 1439 y 1440; Abraham Cresçiente y Don Todros, en 1462, 1463, 1483 y 1488; Yuça, hijo de Todros, en 1463; Abrayn Tovy, Don Çaçon Pardo y su esposa Palanciana 13, en 1483; Mosé Avenarduriel (o Avernael), rabí Sento y Simuel Tovy, en 1484; Abraham Farache (o Harache), Mosé Rabí, Salamón (o Salamo) Harache, la mujer y el hijo de Abraham Harache, en 1487; Yuça Creçient, en 1488; Yuçe Arache, en 1489; Yuçe Aben Santo (o Abensanto) y Çad Aben Xucrán (o Ça aben Jucrán), en 1490; y el último, Abraham Pardo, en 1495.
En síntesis, durante el s. XII se conoce la presencia de 18 judíos en Aguilar (con 4 no del todo claros), 5 en el s. XIII (o tan sólo 1 si se restan los 4 sospechosos de no residir en la villa), 17 en el s. XIV (con 1 mujer en duda) y 21 en el s. XV (con otra que también); haciendo un total de 61 residentes judíos medievales documentados en Aguilar (que bajarían a 51 en caso de excluir a los dudosos). Un número que resulta más acorde con la realidad que los varios miles de los que se venía hablando.
Si se tienen en cuenta el factor generacional y el carácter recurrente de ciertos apellidos en la documentación (Ferrero, Cresçiente, Farache, etc.), cabe suponer que la comunidad judía de Aguilar estuvo compuesta por una serie de familias permanentes, acompañadas de algunos individuos aislados que llegarían esporádicamente y se irían al poco tiempo. Es importante señalar que entre los judíos locales no aparece el patronímico de los mencionados en la inscripción de la muralla.
Las fuentes evidencian que, si bien la minoría judía representaba en torno al 2-3% de los habitantes de la villa, esta dejó una huella destacable en la documentación medieval aguilarense. Su cercanía a la administración y el hecho de que se dedicasen a actividades que dejan registro escrito nos han permitido conocer la identidad de muchos de ellos siglos después. Por el contrario, gran parte de la población hispano-cristiana dedicada al cultivo del campo y la cría de ganado apenas ha dejado rastro.
Otro dato relevante es el carácter marcadamente urbano de las comunidades judías. Aparecen vinculados con frecuencia a grandes villas como Aguilar, Herrera de Pisuerga, Paredes de Nava o la ciudad de Palencia, y en contadas ocasiones a pequeñas aldeas como Lebanza. Seguramente, tendrían su residencia en los núcleos más poblados y se desplazarían de forma puntual a las zonas rurales para el cobro de impuestos y otras labores de esa índole, como ocurrió con su paso por las Henestrosas (Muñoz, 1880: 207-208).
Parece que en Aguilar los judíos se ocupaban especialmente del cobro de tributos como el portazgo y la concesión de préstamos, formando una serie de «núcleos mercantiles y administrativos» (González, 1984: 207). Así lo corroboran los documentos relacionados con Abraham de la Yedra, Yuçe Creçiente, Don Todros, etc. (Huidobro y Cantera, 1954: 340-342; León Tello, 1967: 133), todos ellos relativos al ámbito fiscal y financiero. También la inscripción de ‘el Portago’ se debe entender en ese sentido. Sin embargo, existen referencias a que otros como Yuçe Aben Santo y Çad Aben Xucrán tenían algún ganado (Huidobro y Cantera, 1954: 343; León Tello, 1967: 150).
Algunos cambiaban su lugar de residencia cada cierto tiempo, sin llegar a echar raíces en el municipio. Este rasgo queda de manifiesto en casos como el de Yuça Creçient, pues según afirma un documento de 1488 «se desvezindó de la dicha villa e se fue a beuir e morar a la dicha villa de Cervera donde agora diz que bybe» (León Tello, 1967: 84-85); o la mención, contenida en otro texto de 1489, a Abraham Farache «e otros judíos vesinos de la villa de Aguilar que agora biuen en la villa de Herrera e en la dicha villa de Aguilar» (León Tello, 1967: 86-87).
Además, hubo una cierta relación entre los judíos y Don García Fernández Manrique, Marqués de Aguilar. Trabajarían para él ocasionalmente, quedando bajo su salvaguardia. De ahí que en una carta de 1487, en la que los Reyes Católicos concedieron un seguro a Abraham Farache para poder viajar a la corte, a petición de Fernández Manrique, se emplee la fórmula «judío vuestro vasallo» (León Tello, 1967: 82). Dicho vasallaje explicaría que en 1489 Yuçe Arache y Abraham Arache contasen con la ayuda del cristiano Gutierre de Vedoya, hombre de armas al servicio del Marqués, para apresar «por fuerça» a Pedro García de Cabeçón (León Tello, 1967: 86-87). Aunque los judíos acabaron perdiendo su favor, ya que en 1488 Yuça Creçient lamentaba el «enojo quel dicho marqués del tyene por se aver ydo de la dicha su villa», solicitando el amparo real (León Tello, 1967: 84-85).
Es posible que el Edicto de Granada de 1492 no pusiese fin a su presencia en Aguilar. En nuestros días, aún existen dos apellidos asociados a ellos: Pardo, relacionado con Çacon y Abraham Pardo, mencionados en sendos documentos de 1483 y 1495 (Huidobro y Cantera, 1954: 343; León Tello, 1967: 157). También Aceclín, vinculado al nombre Açecrin (Vivancos, 2023: 179-190), que primero sirvió como antropónimo y después se convirtió en apodo de una familia oriunda de la villa 14, quién sabe si de ascendencia judía o no.
4. La judería y su localización
Ahora que ya sabemos su número aproximado, falta averiguar en qué zona del casco urbano de la villa estuvieron instaladas esas familias hebreas. En 1954, Francisco Cantera y Luciano Huidobro sugirieron que los judíos «tendrían sus tiendas y mesas de cambio de moneda en la calle que comienza en la Puerta de Reinosa y termina en el Puente Mayor, y, principalmente, en el Mercado, junto a la iglesia de San Miguel, al paso de peregrinos y traficantes» (Huidobro y Cantera, 1954: 344). No había a su juicio fundamentos documentales, restos arqueológicos ni indicios de otro tipo que avalaran la existencia de un barrio separado, como ocurría en otros lugares de Castilla.
Gregorio Ruiz en la década de 1980, junto a Anun Barriuso y José Manuel Laureiro en 2005, afirmaron que los judíos se establecieron en tres lugares distintos del recinto amurallado y su entorno inmediato; todo ello sin apoyarse en evidencias documentales. Un asentamiento cuya existencia «podemos dar por seguro» se habría situado en ‘la Tobalina’, en el extremo sureste del casco urbano, «siguiendo por la calle Matías Barrio y Mier […], haciendo un ángulo recto hasta dar a las espaldas de la colegiata de San Miguel, incluyendo también las calles de Capitán Cuadrado y la antedicha de la Tobalina» (Barriuso y Laureiro, 2005: 5). El segundo, más dudoso en opinión de Gregorio Ruiz, estaría en el ‘Barrio del Pozo’, una amplia manzana de casas al norte de la villa, donde se encontraban las ‘Antiguas cocheras’ y ‘el Parador de la Marquesa’, sobre la que a lo largo del s. XX se fue construyendo la fábrica de Galletas Fontaneda. Según el jesuita, este espacio «huele a judío», debido a la costumbre de «preparar el gheto en torno a un pozo, o bien colocar éste en medio de aquél» (Ruiz, 1987: 90-91). La última zona en la que sitúan a los judíos es ‘el Coto’, en la vega a orillas del río Pisuerga, extramuros de la villa, que correspondería al «lugar de apartamiento judío final» (Ruiz, 1987: 91-92) antes de su expulsión. Estas tesis han sido respaldadas recientemente por Alberto Corada y Jesús Francisco Torres (Corada y Torres, 2022: 29).
No hay ningún indicio que relacione estos lugares con los judíos. Respecto al barrio de ‘la Tobalina’, según se puede comprobar en el Catastro del Marqués de la Ensenada, a mediados del s. XVIII sólo había cuatro casas con corral en la zona (Ensenada, 1749). Eran viviendas de labradores y algún hidalgo, construidas sobre la muralla con piedra extraída de la misma, tratándose de edificios de época moderna. En consecuencia, es muy probable que en la Edad Media no existiera el barrio de ‘la Tobalina’, y tampoco contamos con evidencias sobre su presunto pasado judío 15.
Aún más inverosímil parece el caso del ‘Barrio del Pozo’. No se conoce ningún documento ni resto material que los vincule con esta parte del casco antiguo (en la actualidad convertida en solar tras el derribo de la fábrica de Fontaneda en 2014) 16. La costumbre de establecer las viviendas en torno a un pozo no es exclusiva del pueblo judío. No en vano, muchas casas de Aguilar todavía los conservan.
En cuanto a ‘el Coto’ como último lugar de residencia de los judíos, tampoco contamos con ninguna prueba para afirmar algo así. Existe un texto fechado en 1483, por el cual el monasterio de Aguilar entregó en censo a un matrimonio judío varias viviendas en un lugar conocido como el «barrio de los Cothos» (Huidobro y Cantera, 1954: 343). Por el contexto del documento, y al mencionar que se trata de dos pares de casas con huerta y contiguas a otras, parece que se está aludiendo a algún punto dentro del casco urbano, posiblemente al barrio de ‘los Tochos’, y no a un paraje extramuros como ‘el Coto’. No existen indicios de viviendas en la zona, más allá de alguna tapia agrícola mínima, y hasta la construcción del embalse de Aguilar en la década de 1960 el terreno se anegaba periódicamente por las crecidas del río Pisuerga, haciendo inviable cualquier asentamiento.
A continuación, veremos lo que dicen las fuentes sobre la judería y su localización. El primer documento que menciona unas viviendas de judíos locales data de 1288, ya que los anteriores sólo hacen referencia a derechos sobre turnos de molienda en la villa y su término. En él se citan unas casas que el monasterio de Aguilar tenía «en el barrio del molinillo que se llama del Aceña», con la anotación al dorso de «casas en la judería» (León Tello, 1967: 105). El texto parece aludir al barrio de ‘el Molinillo’, hoy ‘Calle del Pozo’ 17, situado al norte del casco urbano, dentro de la cerca medieval.
Casi un siglo más tarde, en 1380, María Miguellez donaba a la abadía de Aguilar «mis cassas que he en la juderia… al barrio del molynillo» (González de Fauve, 1991a: 307). Esta referencia alude al mismo lugar que la anterior, la actual ‘Calle del Pozo’. En sus inmediaciones debió estar emplazado un antiguo molino medieval, que se servía de las aguas que manaban de las ‘Fuentes de Palacio’, y cuyo cauce continuaba hacia el este por la ‘Calle Pesquera’ 18.
Se trata de la misma zona que el «varrio dela juderia çerca del molinillo», donde se encontraban las viviendas que Doña Rica y Semuel Aben Motar, su hijo, venden a Ferrand Gutiérrez Churrón en un documento de 1388. Lindaban «dela una parte, solar de casas et huerta que fueron de don Jacob Manen; et delante las dichas casas, la calle rreal; et de tras delas dichas casas, el arroyo que viene dela fuente de Palaçio» (Menéndez Pidal, 1919: 60-61). La descripción relativamente detallada del lugar permite identificar de nuevo su ubicación con el extremo suroriental de la ‘Calle del Pozo’ y el tramo más septentrional de ‘la Calleja’.
También hay otros dos escritos, fechados en 1483 (ya hice alusión antes a uno de ellos), por los que el monasterio de Aguilar da en tributo, fuero y censo perpetuo unas casas a Abrayn Tovy, y otras a Çaçon Pardo y su esposa Palanciana. No queda claro dónde se encontraban las que pasaron a manos de Abrayn Tovy, pero las otorgadas a la familia Pardo se hallaban en el «barrio de los Cothos», dando a «la calle pública, e detras huerta de Françisco Campo de la Guesta, casar de Raby Çag (?) e casas del cabildo de Sant Miguel» (Huidobro y Cantera, 1954: 342-343).
Si se tienen en cuenta la geografía del valle y el urbanismo medieval de Aguilar, estos datos dejan claro que las viviendas no estaban en ‘el Coto’, sino dentro del casco urbano. La localización más probable sería el barrio de ‘los Tochos’, limítrofe por el sur con la ‘Calle del Puente’, donde según el Catastro del Marqués de la Ensenada el Cabildo de San Miguel tenía varias propiedades (Ensenada, 1749). También respaldaría esta hipótesis la proximidad ortográfica entre «Cothos» y «Tochos», ya que las letras «c» y «t» son fácilmente confundibles entre sí en la documentación medieval, dando lugar a frecuentes errores de transcripción. Además, el topónimo ‘los Tochos’ existe en Aguilar desde tiempo inmemorial y está en plural, a diferencia del término ‘el Coto’, en singular.
Es evidente que el barrio de ‘los Tochos’ no fue una judería. Simplemente esas casas eran propiedad del monasterio y, por diversas circunstancias, Çaçon Pardo, Palanciana y Abrayn Tovy las recibieron en usufructo de forma temporal.
Existen otros tres documentos de 1495. En ellos, el monasterio de Aguilar entrega en censo a Álvaro Rodríguez, Juan Sánchez de Valladolid y Diego de Bustamante un grupo de casas situadas en la calle «nueba que de antes era judería». La vía también recibe el nombre de «la Mejorada» y «linda por detrás con el arroyo y la cuneta» (León Tello, 1967: 157). Esa «Calle Nueva» o «Mejorada» es la actual ‘la Calleja’, antigua ‘Calle Lorenzo Ramírez’, que limita por el norte con la ‘Calle del Pozo’, el viejo barrio de ‘el Molinillo’, y desemboca hacia el sur en la ‘Plaza España’. Fue conocida entre los aguilarenses como la ‘Calle Nueva o Mejorada’ hasta la Guerra Civil.
Para resumir, las fuentes dejan claro que la judería de Aguilar estuvo al norte de la ‘Plaza España’, entre ‘el Molinillo’ (actual ‘Calle del Pozo’) y el extremo septentrional de la ‘Calle Nueva o Mejorada’ (hoy renombrada como ‘la Calleja’). Un área no muy extensa que en la Edad Media estaría ocupada por un puñado de casas y amplias huertas. Según parece, el único asentamiento judío extramuros de la villa fue su lugar de reposo final en la ‘Peña de Ribel de Quilem’ (González de Fauve, 1991b: 14).
Imagen 1. Situación de la antigua judería de Aguilar sobre un mapa de 1937. En el plano se recogen los diferentes topónimos mencionados en la documentación medieval – González García, F.
5. La sinagoga de Aguilar
Otro de los aspectos más comentados en relación con los judíos en Aguilar es la posible existencia de una sinagoga en la villa y su eventual emplazamiento. Sólo contamos con dos referencias a propósito: La primera es un documento de 1241, perteneciente al Libro Becerro de Santa María de Aguilar, en el que Pedro Ferrán vende al abad Don García Guter un solar y un huerto en la villa. Se especifica que «es cercala sinoua econ entradas econ exidas» (González de Fauve, 1991b: 380-381).
La palabra «sinoua» recuerda a «sinoga», forma frecuente para referirse a los templos judíos en lengua romance. Según recoge el CORDE, este término aparece en algunos textos de la época, entre ellos Las Siete Partidas de Alfonso X, cuando Cristo «resuçitó a la fija del prinçipe dela sinoga» (Díaz de Montalvo, 1491: 22). Otra posibilidad sería relacionarla con el topónimo «sinova», que da nombre al antiguo municipio de Sinovas (hoy incorporado a Aranda de Duero, Burgos) o al despoblado de Sinova (Soria). Aunque se desconoce su etimología exacta, no guardaría relación con «sinagoga», pues la mayoría de las veces alude a parajes remotos sin vínculos con judíos. En este caso, se lee claramente «sinova», en lugar de «sinoga», y parece que no alude a ninguna sinagoga.
La segunda es una noticia de algo más de dos caras de extensión dada a conocer por Fidel Fita. Está contenida en un códice de la Biblioteca Nacional de Madrid y hace referencia a una antigua lámpara de aceite que habría pertenecido a la sinagoga de Aguilar. Se trataría de una pieza de hierro y azófar, con ocho brazos, seis esferas y un platillo debajo para evitar el goteo. El recipiente lucía una corona epigráfica en hebreo, dividida en ocho cuerpos y con grafía del s. XIV que decía:
Y engrandecido fué Samuel, y con él estuvo Jehová; y no cayó al suelo palabra alguna de él. Rabí Samuel, natural de Paredes, hijo de Finées Caro el ya difunto (sea su descanso el Edén), hizo esa lumbrera. Cuando subieres á encender las luces, que están en presencia del candelabro, resplandecerán siete mecheros (Fita, 1900: 345-347).
Además de la dedicatoria, sus frases primera y última, como señaló Fita, están tomadas del Antiguo Testamento; concretamente del Primer Libro de Samuel (I Sm 3:19) y Números (Nm 8:2).
Según autor anónimo de la información, la lumbrera pendió frente al altar mayor de la Colegiata de San Miguel durante el último tercio del s. XVI, aunque antes «dicen que solía estar esta lámpara en la sinagoga de los judíos, que antiguamente (h)ubo en Aguilar». Sin embargo, pese a la labor de Fita para dar con ella, nadie guardaba recuerdo de su existencia. Eso le llevó a concluir que «probablemente, dos siglos há, se arrinconó para dar lugar a otra menos pobre» (Fita, 1900: 346).
Esta referencia no parece muy fiable. La dedicatoria de la corona alude a un judío de Paredes de Nava (Palencia) y desconocemos cómo se habría llegado a relacionar con Aguilar. Además, resulta extraño que los Fernández Manrique, Marqueses de Aguilar y patronos de la Colegiata, recurrieran a una lámpara tan austera pudiendo costear una de plata u otro material más noble sin dificultad.
Las limitaciones de las fuentes no impidieron que distintos investigadores trataran de localizar la sinagoga dentro del recinto amurallado de la villa. Por ejemplo, Francisco Cantera y Luciano Huidobro plantearon que la sinagoga debía encontrase «un poco retirada, junto a la muralla, como sucedía en Villadiego y Frómista» (Huidobro y Cantera, 1954: 344). El hebraísta José Luis Lacave también sostuvo la misma hipótesis (Lacave, 1993: 110), pero no deja de ser una mera especulación.
Un enfoque alternativo fue el de Gregorio Ruiz, quien identificó la sinagoga de Aguilar con la «capilla de Portazgo». Su argumento era el siguiente: «La capilla de Portazgo tiene todo el aire de haber sido una sinagoga. Ese aire recoleto de modesto recinto rectangular… ¿No habéis visto la del barrio judío de Córdoba?»; añadiendo que «el lugar de Portazgo es un puesto de lo más propio para los judíos, comerciantes y cobradores de impuestos» (Ruiz, 1987: 90).
El problema de asociar ese pequeño oratorio privado que todavía subsiste en Aguilar con el impuesto medieval del portazgo, frecuentemente recaudado por judíos, es que el nombre de la capilla no fue nunca «Portazgo», como hoy se conoce equivocadamente, sino «Portago». La denominación tiene su origen en ‘Nuestra Señora de Portago’; una Virgen gótica que, según la tradición, estuvo colocada en la homónima ‘Puerta de Portago’ 19 de la muralla, donde se encuentra la inscripción judía 20. De ella proviene la advocación, pues «portago» significaría portal mayor o puerta principal, es decir, «Virgen del portal mayor». Es impensable que la imagen estuviera consagrada a un impuesto como el portazgo. Su antónimo sería «postigo», portillo o pequeña puerta auxiliar; un término común en la lengua romance medieval 21, presente en los topónimos aguilarenses ‘el Postigo’ y ‘Eras del Postigo’, que el Catastro del Marqués de la Ensenada sitúa al norte del recinto amurallado 22, donde debió existir una puerta auxiliar hoy desaparecida 23.
La construcción de la ‘Capilla de Nuestra Señora de Portago’, a la que de acuerdo con la tradición fue trasladada posteriormente la imagen gótica, estaría condicionada por la parcelación medieval de la villa, con el mínimo espacio de fachadas. Ello explica tanto su forma estrecha como su disposición interna y orientación.
En el s. XVIII, pasó a manos de Don José Gómez de Terán y Delgado; un hidalgo oriundo de Aguilar que llegó a ocupar el cargo de Tesorero General de Hacienda del rey Felipe V. En 1744, le fue concedido el Marquesado de Portago, título que desde 1909 ostenta Grandeza de España (Cadenas y Cadenas, 2002: 740) y el Marqués tomó de ‘Nuestra Señora de Portago’, la patrona de su barrio.
Años antes de recibir esa dignidad, en 1736, Gómez de Terán, movido por su devoción hacia dicha Virgen, había decidido renovar la primitiva capilla medieval según los gustos estilísticos de la época. En 1912, fue adquirida por Doña Aquilina Quevedo Otero, que también realizó algunas reformas en el edificio, construyendo la planta superior. Como recuerdo de ambas obras, existen sendas inscripciones en el interior del oratorio que rezan lo siguiente: «Esta capilla, para Nuestra Señora de / Portago, es propya de / D. Joseph Gomez de Teran / Tesorero del Rey Nuestro Señor Reno / bola a sus expensas el / dicho Señor este año de 1736». Y debajo: «Pasó á ser propiedad de Doña Aquili / na Quevedo Otero el 14 [de] febrero de 1912».
Imágenes 2 y 3. Doble inscripción conmemorativa en el interior de la capilla – González García, F.
A pesar de la bella tradición que dio origen al oratorio, la confusión de Gregorio Ruiz, y de otros autores precedentes 24, sobre su nombre acabó calando; difundiéndose el rumor de que antes fue una sinagoga. Al parecer, algunos vecinos de la villa trasladaron este y otros errores a Anun Barriuso y José Manuel Laureiro, que, movidos por dichas informaciones y al no poder ver personalmente el interior (según explican ellos mismos), la identificaron como una sinagoga medieval. Sus argumentos fueron los siguientes: 1-La capilla se encontraría enterrada bajo el nivel de la calle debido a que «las leyes eclesiásticas prescribían que estos edificios fueran más bajos que las iglesias»; 2-El templo contaría con un «banco de piedra circundando su pared»; y 3-En el medallón que adorna la portada estarían representados «el nombre y el apellido del donante» judío de la sinagoga (Barriuso y Laureiro, 2005: 7-10).
La capilla no está enterrada a causa de ninguna persecución religiosa. Se encuentra a un nivel de cota idéntico al del resto de edificios de la misma cronología que perviven en Aguilar; dada la mala costumbre de los ayuntamientos de asfaltar siempre las calles sobre el pavimento previo, haciendo que las construcciones antiguas vayan quedando enterradas respecto a las de nueva planta. Tampoco cuenta con ningún banco de piedra circunvalando sus muros; simplemente no existe tal banco corrido (Imagen 6). Y aunque casi produce rubor aclarar algo tan sabido, el medallón que luce en la entrada no ostenta las iniciales de ningún donante judío. Se trata del acróstico de la Virgen (las siglas «MAR», es decir, «María Reina»), con una corona encima y, debajo, el Inmaculado Corazón de María.
Imagen 4. Acróstico de la Virgen María en la portada de la capilla – González García, F.
Algo similar sucedió con el oratorio del ‘Espíritu Santo’. Esta capilla desaparecida estuvo emplazada en el ‘Barrio del Pozo’, al norte del casco urbano, en el solar que más tarde ocupó la fábrica de Galletas Fontaneda. A juicio de Gregorio Ruiz, se trataba de otra sinagoga «por las mismas razones que la de Portazgo» (Ruiz, 1987: 91), siendo ambas contemporáneas. Era una construcción típica de finales de la Edad Media, de planta rectangular, con un arco apuntado abierto hacia el sur y sin ningún indicio que nos permita relacionarla con los judíos. De hecho, en Aguilar, las grandes portadas abiertas del ‘Espíritu Santo’, ‘Nuestra Señora de Portago’, ‘San Roque’, ‘la Santísima Trinidad’, etc. evidencian un culto público, contrapuesto al rito reservado de las sinagogas.
Con los datos tan limitados a nuestra disposición, no hay ninguna prueba que confirme la existencia de una sinagoga en Aguilar. Las dos únicas fuentes conocidas al respecto presentan graves problemas y no se pueden tomar como referencias fiables. Del mismo modo, los edificios sobre los que se especula que pudieran haber funcionado como sinagogas medievales son espacios de culto cristiano de época posterior. La hipótesis más probable es que, de haber existido una sinagoga, se tratase de un pequeño oratorio de carácter particular. Un espacio privado ubicado o bien en el interior de sus hogares, donde las familias judías de la villa podrían practicar sus ritos en la intimidad, o en algún edificio de dimensiones reducidas empleado para el mismo fin, no muy distinto de una vivienda común.
Imagen 5. Alzado sur de la ‘Capilla de Nuestra Señora de Portago’ en el año 2010, antes de la última remodelación del edificio que tuvo lugar en 2014 – González García, F.
Imagen 6. Planta de la ‘Capilla de Nuestra Señora de Portago’ – González García, F.
6. La inscripción hispano-hebrea de la Puerta de Portago
Imagen 7. Panorámica de la ‘Puerta de Portago’ y las viviendas colindantes – González García, F.
En el extremo noreste de la muralla de Aguilar se encuentra la ‘Puerta de Portago’, conocida de forma popular hasta fechas recientes como ‘el Arco’, pero que en la bibliografía suele figurar como ‘Puerta de Reinosa’ o ‘de Burgos’. Se trata de una puerta-torre perteneciente al tramo oriental del recinto, que en la actualidad coincide con el trazado de la ‘Avenida Constitución’, antigua ‘Calle Capitán Cuadrado’. Originalmente, la muralla se extendía en esta zona a lo largo de 160 metros lineales, siguiendo un trayecto paralelo al cauce primitivo del ‘Arroyo de la Canal’, que servía como límite de la cerca medieval por el este, quedando el arroyo extramuros. La función primordial del torreón sería controlar el acceso a la villa, existiendo frente a la puerta y sobre el citado arroyo un pequeño puente de piedra desaparecido a mediados del s. XX. Es posible que en la Edad Media hubiese un puente de madera, anterior a este, que los defensores de la villa podrían desmantelar con facilidad en caso de ataque.
Desde el punto de vista constructivo, la torre es de planta rectangular. Está edificada con sillares de piedra arenisca de mediano tamaño, algunos reutilizados de construcciones anteriores; excepto el remate superior, elaborado con mampostería caliza y arenisca de pequeño tamaño, que sin duda se trata de una reconstrucción moderna. La estructura mide unos 10m de frente, 5,10m de fondo y 8,40m de altura, hallándose semienterrada, como el resto de la calle. El suelo actual está unos 0,5m por encima del medieval.
La portada del torreón cuenta con dos arcos apuntados y una bóveda de cañón, que se podían cerrar mediante dos puertas sucesivas: La exterior, levadiza, seguramente de roble o tejo, reforzada con láminas de hierro (quizás una reja); y la interior, de doble hoja, tal vez también forrada de hierro. En la fachada oriental de la torre, algo por encima del arco y bajo el escudo con el águila, emblema de la villa, encontramos una lápida de piedra caliza 25 de 1,38 x 0,62m con un texto trilingüe en hebreo, castellano aljamiado y castellano antiguo. La inscripción sería conmemorativa de alguna obra de reconstrucción durante la Edad Media, y su singularidad como documento epigráfico no tardó en llamar la atención de los filólogos.
Imagen 8. Fotografía de la inscripción publicada por Francisco Cantera en 1956 – Cantera Burgos, F.
Imagen 9. Captura de un modelo en 3D de la inscripción generado mediante escáner. Como se puede apreciar, su estado de conservación actual es considerablemente peor que cuando fue estudiada por el hebraísta – Fundación Santa María la Real, 4DMetric
La primera persona en dar cuenta por escrito de su existencia fue José María Quadrado, en 1885. Se refirió a ella como: «Una la inscripción hebráica del siglo XIII al XIV, que recomendamos á los inteligentes». Además, añadió: «A dos líneas escritas en castellano, de las cuales sólo pudimos leer junio, era MCCC…fijo…, siguen otras seis bien conservadas en caracteres hebraicos» (Quadrado, 1885: 519).
Esta descripción llegaría a oídos de Fidel Fita. Según afirmó: «He pedido una fotografía y, á ser posible, un calco de tan interesante inscripción hebraica á D. Francisco Simón y Nieto, doctísimo correspondiente de la Academia en Palencia» (Fita, 1900: 347). Un intento de estudio del epígrafe que, no sabemos por qué razón, Fita nunca publicó.
La inscripción volvió a ser aludida por Rafael Navarro. Entre otras noticias, Navarro afirma que algunos eruditos judíos procedentes de Salónica (Grecia) se habrían interesado por examinarla. Y también que, unos pocos años antes de la publicación de su trabajo, el Ayuntamiento de Aguilar habría pretendido ensanchar el arco de la torre «para comodidad del tráfico», aunque por fortuna la «iniciativa de algunas personas cultas» (Navarro, 1939: 242-243) pudo salvarla. Logró su declaración como Monumento histórico-artístico el 26 de mayo de 1925, por medio de una Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública.
En 1942, Francisco Cantera emprendió el primer estudio propiamente dicho de la inscripción. Con la ayuda de Luciano Huidobro, el tallista Valeriano Martínez, el fotógrafo Sr. Viana y Gonzalo Mira, alcalde de Aguilar, consiguió obtener una «impronta perfecta de la parte hebraica» (Cantera, 1942: 102) y varias fotografías frontales del texto, que le permitieron analizarlo minuciosamente.
Dividió la inscripción en dos mitades: La superior, escrita en castellano medieval, tiene tres líneas de texto (los investigadores anteriores pensaban que eran únicamente dos) y su contenido vendría a ser una síntesis de la inferior. Esta otra, en aljamía castellana y hebreo, se subdivide en cinco secciones dispuestas verticalmente. La primera, en el centro, consiste en la representación de dos arcos gemelos de medio punto en bajorrelieve 26, separados por un parteluz, y en los huecos sendas figuras humanas enfrentadas. Flanqueando la escena, se encuentran dos secciones intermedias que, en la zona de arriba, llevan un escudo cuartelado de águilas y castillos a cada lado; y, abajo, un versículo tomado del Libro de Isaías (Is 35:10) en hebreo, al que acompaña la palabra ןאמ («amén»). Los dos extremos cuentan con un texto aljamiado, es decir, en castellano, pero escrito en caracteres hebraicos y repartido en doce líneas (seis a cada lado). Algunas palabras están separadas por tres puntos verticales, como es frecuente en la epigrafía medieval, para hacer más clara su lectura (Cantera, 1942: 102-103).
La información esencial que arrojó la transcripción de Cantera fue que la construcción del torreón estuvo patrocinada 27 por el judío «Don Çak Zamelek, hijo de Don Salamón Zamelek y Dona Belida o Bellida, su muger». El epígrafe habría sido colocado el día 1 de junio de la era de1419, es decir, en el año 1381 (finales del s. XIV): «Durante el reinado de Enrique II de Castilla [Juan I en realidad], no en el siglo XIII, como se suponía por algunos» (Cantera, 1942: 104).
Esta interpretación fue asumida de manera acrítica por los autores posteriores, hasta el punto de ignorar el artículo original del hebraísta y acudir en su lugar a una reseña incluida por Luciano Huidobro en su Breve Historia de la Muy Noble Villa de Aguilar de Campóo (Huidobro, 1980: 86-93). Pero Cantera nunca concibió la transcripción como definitiva. Filólogo meticuloso, siempre fue consciente de los problemas que presentaba el texto, dado su precario estado de conservación. Dichas dificultades le llevaron a plantear varias objeciones y matices en su propio trabajo de 1942, así como a proponer una enmienda publicada en un segundo artículo de 1954 (Huidobro y Cantera, 1954: 335-346) y en una monografía de 1956 (Cantera y Millás, 1956: 329-331).
La primera duda fue respecto a su cronología. Si bien es cierto que se inclinaba por leer: «Era de 1419», es decir el año 1381 según el calendario gregoriano, también podría interpretarse como: «Era de 1418», el año 1380 (Cantera, 1942: 104). Una variación mínima, pero que evidencia su profundo escepticismo ante la transcripción del epígrafe.
Otra estuvo relacionada con el nombre del titular del texto, Çak Zamelek. Según advirtió: «En vez de Çak quizá pudiera leerse también Çad, forma menos frecuente de Çag o Ça, o sea Yzac, Yshaq. En el mismo Aguilar tenemos documentado el nombre Çad Abenxucran» (Cantera, 1942: 104). Por su parte, León Tello lo recoge como Çad Aben Xucrán o Ça aben Jucrán (León Tello, 1967: 150), lo que pone de manifiesto una vez más la complejidad de trasladar la onomástica hebrea medieval a la lengua castellana.
El detalle sobre el que Cantera se mostró más inseguro fue el patronímico de los dos varones, Salamón Zamelek (esposo de Doña Belida) y Çak Zamelek (su hijo). A su juicio: «Es frecuente encontrar nombres de judíos con Sa o Za iniciales: Zaporta o Ça Porta, Ça torra, Ça barra o Sabarra, Çamariell o Samarell, etc., y tenemos como apellido: Melequi, Almelequi, Emeleque, Maleque, etc.». Además, añadió: «Menos visos de probabilidad parécenos tener la lectura נמאלך, en vez de זמאלך: Enmelek o Enmeleque, que habría que confrontar con el apellido Emeleque, de un judío castellano de 1381 (v. Baer, II, p. 230)» (Cantera, 1942: 104). El apellido sería común entre los hebreos del Levante.
En 1954 y 1956, Cantera publicó sendos trabajos donde enmendó algunas partes de su transcripción original. Su mayor cambio de opinión fue respecto al apellido del costeador de la inscripción, proponiendo ahora «ben Maleke o Malek», que a su modo de ver resultaba «mucho más probable que la forma זמאלך, Zamelek o Zamalek, que anteriormente habíamos supuesto». El argumento del hebraísta era que ben Maleke o Malek: «En nuestra documentación judía medieval se presenta bajo variada forma en juderías castellanas (Toledo, Burgos) y hasta en Mallorca»; citando los ejemplos de Melequi, Almelequi o Maleque, que lo convertirían en una opción más factible que la de Zamelek o Zamalek. Además, volvió a apuntar al apellido Emeleque como otra posible alternativa, aunque más dudosa, precisando que pertenecía a «un judío burgalés de 1379-1380 (v. Baer I/2, pág. 230)» (Huidobro y Cantera, 1954: 346; Cantera y Millás, 1956: 331).
Según esta última interpretación de Cantera, la transcripción del texto en castellano de la mitad superior del epígrafe y la distribución de las secciones de la inferior serían las siguientes (Huidobro y Cantera, 1954: 345-346; Cantera y Millás, 1956: 330-331):
Imagen 10. Transcripción de la lápida según las versiones de 1954 y 1956 – Cantera Burgos, F.
La transcripción de las secciones aljamiadas de los extremos sería la que figura debajo:
PRIMERO DI A DE GUNIO E RA DE MIL Y QUATRO SIE NTOŠ Y DIŠ Y YONOBE ANYOS |
QOMENSO A FAZER AKESTA 28 TORE DON ṢAQ B. MALEKE. -¡TENGA BUENA SUERTE!- HIJO DE DON ŠELOMO B. MALEKE -¡EN GLORIA ESTE!- Y DONA BELIDA SU MUGER |
Y la traducción del texto hebreo (que concuerda con el pasaje del Libro de Isaías):
REGOCIJO Y ALEGRIA ALCANCEN |
Y HUYAN [DE ELLOS] LA AFLICCION Y EL LLANTO AMEN |
Pese a los incansables esfuerzos de Cantera rastreando la documentación medieval de Aguilar depositada en el AHN «con la esperanza de hallar en alguno de esos pergaminos la mención de los judíos de nuestra lápida» (Cantera, 1942: 104), su muerte en 1978 hizo que el estudio pereciese con él. Por fortuna, ochenta y dos años después de la aparición de su primer artículo referente a la inscripción, hoy sale a la luz ese nuevo documento que puede ayudar a aclarar aspectos sustanciales del texto.
7. El nuevo documento relacionado con la inscripción
Es necesario precisar que, en realidad, no se trata de un solo documento, sino de varios, contenidos en un cuadernillo en cuarto, de finales del s. XIV, con unas medidas de 24,7 x 16,8cm; elaborado en un papel muy primitivo «cosido con filos de lino». Pertenece a una colección particular 29 y de él subsisten en la actualidad diez folios escritos por ambas caras, los dos últimos en blanco, faltando al menos la página inicial. Se encuentra muy castigado por el paso del tiempo, aunque al tratarse de un documento en papel y tan antiguo, es casi un milagro que haya llegado hasta nuestros días. Presenta grandes manchas de humedad y algunas lagunas producidas por la acción de insectos. Respecto al tipo de grafía, es uno de los primeros ejemplos de la escritura precortesana en Castilla, con trazos aún deudores de la letra de albalaes. Tiene buen tamaño, lo que facilita su lectura 30.
El cuadernillo contiene los traslados de varios documentos redactados por Ferrand Alfons, notario público de la ciudad de Palencia, en la localidad de Villaviudas (Palencia), el día 13 de mayo de la Era de 1420; es decir, el año de 1382. De entre ellos, he querido destacar los de tres cartas correspondientes a los folios 5, 6, 7 y 8.
El primero (fols. 5v, 6r y 6v) es el de una carta sellada de Juan Sánchez de Sevilla, contador mayor del rey Juan I de Castilla (1379-1390), de origen converso 31 y nacido con el nombre de Samuel Abravanel (Montes, 1999: 1105-1106). En ella se arrienda el cobro de las tercias reales «del obispado de Palençia con las faldas de tierra de Leon et con la abadia de Valladolid» al judío Don Semuel Henemelec. El tributo de las tercias reales consistía en la aportación de las dos novenas partes de los diezmos pagados al clero, que la Iglesia hacía a los reyes de Castilla gracias a un privilegio de inicios del s. XIII, concedido por el papa Inocencio III. Juan Sánchez de Sevilla (Samuel Abravanel) y Semuel Henemelec lo recaudaban en nombre de Juan Núñez de Toro, tesorero mayor de los reinos de León y Galicia (Ortego, 2021: 155), arrendador de las alcabalas del Obispado de Cartagena y el Reino de Murcia y despensero mayor de Juan I de Castilla (Cañas, 2015: 129-131). La carta data del 12 de abril de la Era de 1420, es decir el año de 1382, y su traslado se formalizó el 23 de abril del mismo año en la ciudad de Palencia.
Dada la gran extensión del texto, me limitaré a transcribir la parte más interesante. Pese al criterio de la Comisión Internacional de Diplomática, he preferido ser lo más fiel posible a la grafía original del cuadernillo para facilitar su análisis a lectores y estudiosos:
E este es traslaudo de una carta de Johan Sanches de Sevilla contador / mayor del Rey escripta en papel sellada con su sello escripto / en ella su nonbre segund que por ella paresçia fecha enesta / guisa atodos los concejos et deganes et tenedores et mayordo / mos et arrendadores delos diezmos delas terçias et clerigos / et legos et mayordomos delas iglesias de todas las çipdades / et villas et logares del obispado de Palençia con las faldas de tierra / de Leon et con la abadia de Valladolid segund suele andar en / renta de terçias los años pasados et aqual quier et aquales quier / de vos aquales esta carta fuere mostrada o el traslaudo della / signado de escrivano publico yo Johan Sanches de Sevilla conta / dor mayor del Rey vos enbio saludar fago vos saber que / el dicho Señor Rey vos enbia mandar por su carta que / recudades a Johan Nuñes su despensero mayor et a mi con las / dichas terçias del dicho obispado et faldas de tierra de Leon / et la abadia de Valladolid del Año que començo por la asçension (fol. 6r) de quatroçientos et dies et nueve años et se acabara por la asçen / sion primera que viene de este año dela era de esta carta se / gund que beredes por la carta del dicho Señor Rey o por su / traslaudo signado de escrivano publico que vos sera mostrado / en esta razon et otrosy el dicho Johan Nuñes enbia vos desir / por su carta que recudades amy o al quelo oviere de recaudar / por mi con la su parte delas dichas terçias del dicho obispado de este dicho año segund que beredes por la carta del dicho Johan (sic) / Johan Nuñes o por su traslaudo signado de escrivano publico que / vos sera mostrado en esta razon et agora sabet que ha de / coger et de recaudar por mi las dichas terçias don Semuel / Henemelec por que vos digo de parte del dicho Señor Rey et / vos ruego dela mia que recudades et fagades recudir al dicho / don Semuel o al quelo oviere de recaudar por el con las / dichas terçias del dicho obispado de Palençia et conlas faldas de / tierra de Leon et conla abadia de Valladolid de este dicho año asy / por padron conmo por pesquisa bien et conplida mient de guisa quele / non mengue ende ninguna cosa et de todo lo quele dieredes tomad / su carta de pago o del quelo oviere de recaudar por el et yo / sere ende pagado et toda renta o rentas o abenençia o abe / nençias que con el dicho don Semuel fesieredes o conel quelo / oviere de recaudar por el yo lo avere por firme et por / valledero para en todo tiempo et atan cumplido poder conmo yo y / el dicho Johan Nuñes avemos por la carta del dicho Señor / Rey para coger et recaudar et arrendar las dichas terçias (fol. 6v) del dicho obispado de este dicho año et yo el dicho Johan Sanches / por la dicha su carta atan complido poder do et otorgo al / dicho don Semuel o al quelo oviere de recaudar por el / para que vos pueda faser todas las prendas et premias et en / plazamientos et afincamientos que yo mesmo vos podria fa / ser presente seyendo et por que de esto seades çiertos di / le esta mi carta sellada con mi sello en que escrivi mi nombre / fecha dose dias de abril era de mil et quatroçientos et beyn / te años Johan Sanches fecho et sacado fue este traslaudo por / la dicha carta en Palençia lunes beynte et tres dias del / mes de abril era sobredicha testigos que vieron la dicha carta / onde este traslaudo fue sacado Ferrand Rodrigues de Villa Corta / alcalde de Palençia et Alfons Gutierrez fijo de Alfons Gutierrez et Miguel Ferrandes de / Cuenca et Johan Ferrandes amo de Pero Ferrandes Sanchon et Ferrand Alfons / de Fuent Pudia notarios publicos de Palençia.
El segundo traslado (fols. 6v, 7r y 7v) es una carta de Semuel Emeleque a su hermano Jacob Emeleque, en la que le subarrienda el cobro de las tercias reales «del obispado de Palençia con las faldas de tierra de León» (ya no se menciona la abadía de Valladolid), en virtud de una cláusula del documento anterior. La carta está fechada a 20 de abril de la Era de 1420, o sea, el año de 1382, y su traslado fue redactado dos días después, el 22 de abril, en Fuent Pudia (actual Ampudia, Palencia). Texto completo:
E este es traslaudo de una carta de don Semuel Emeleque es / cripta en papel et escripto enella un nombre en judiego / que desia judios que desia don Semuel segund que por / ella paresçia el tenor dela qual es este que se sigue ato / dos los concejos et alos tenedores et deganes clerigos et clerigos / et legos de todas las villas et logares del obispado de Palençia / con las faldas de tierra de Leon que havian en renta de / (fol. 7r) terçias conel obispado de Palençia deste año que agora paso dela / era de mil et quatroçientos et diez et nueve años et se acabara / el dia dela asçension de este año en que agora estamos dela era / de esta carta yo don Semuel Hemeleque cogedor delas terçias del / obispado de Palençia et faldas de tierra de Leon del dicho año vos / enbio saludar fago vos saber que yo que beo otras partes que / son servicio de nuestro Señor el Rey et non puedo yr alla a coger et recabdar las terçias et va alla alas coger et recab / dar por mi don Jacob Emeleque mi hermano por que vos digo de / parte del Rey et ruego dela mia que recudades et fagades reco / dir con todo el pan et vino et del granado et menudo asy de / padrones como de pesquisa et con todas las otras cosas que alas / dichas terçias pertenesçen et pertenesçer deben bien et complidamiente / al dicho don Jacob o al quelo ovier de recapdar por el / et delo quele dieredes tomad su carta de pago o del quelo ovi / ere de recabdar por el et yo sere ende pagado et sy non / dole todo mi poder complido o al quelo oviere de aver por el / para que vos faga todas las prendas et premias et enplazamientos / et afincamientos et todas las otras cosas que enla carta del dicho / Señor Rey se contienen et vos yo mismo podria faser sy / presente fuese et quan grande et quan complido poder yo he por / las dichas cartas atan grande et atan cumplido poder do et traspaso / enel dicho don Jacob o enel quelo ovier de recaudar por el / et por quelo creades dile esta mi carta en que escrivi mi nombre / fecha beynte dias de abril era de mil et quatroçientos et / (fol. 7v) beynte años fecho et sacado fue este traslaudo por la dicha / carta en Fuent Pudia beynte et dos dias del mes de abril era / sobredicha testigos que vieron la dicha carta onde este traslaudo / fue sacado Toribio Sanches notario de Palençia et Johanes Ferrandez de / Santovena Martino de Fuent Pudia et Pero Diez alcalde del dicho / logar et yo Gonzalo Alfons notario publico dela çipdat de Palençia vi / et ley la dicha carta et fiz escrivir por ella este traslaudo e / fiz aqui este mio signo en titulo de verdat.
El último traslado (fols. 7v, 8r y 8v), es una carta en la que Jacob Emeleque arrienda el cobro de las tercias reales «del obispado de Palençia» (omitiendo ahora las faldas de tierra de León) a Mosse Calbo, a quien ya había arrendado previamente su recaudación en el Arciprestazgo de Baltanás. La carta está fechada el día 4 de mayo de la Era de 1420, es decir 1382, y su traslado se hizo el 13 de mayo de dicho año en Villaviudas (Palencia). En este caso sólo he transcrito la parte más relevante del documento:
E este es traslaudo de una carta de recodimiento de don Jacob / Emeleque judio Vezino de Palençia sygnada de escrivano / publico et robrada en fondon en judiego de un nombre que de / sia judios que desia don Jacob el tenor dela qual es este que / se sigue atodos los concejos et alcaldes et merinos et tenedores / et deganes e mayordomos delas iglesias clerigos et legos / de todas las villas et logares del arçiprestadgo de Baltanas / segund suele andar que renta de terçias en los años pasados / dos et aqual quier o aquales quier de vos yo don Jacob Eme / leque cogedor delas terçias del obispado de Palençia que a nuestro / Señor el Rey pertenesçen de aver enel dicho obispado de / este dicho año que encomenço por el dia dela asçension dela era de mil et quatroçientos et dies et nueve años et se acaba / ra por el dia dela asçension que sera en este año dela / era de esta carta vos enbio saludar fago vos saber que (fol. 8r) yo que he de coger et de recabdar por don Semuel Emeleque / my hermano este dicho año segund beredes por / las cartas del dicho Señor Rey et por poderes que vos seran / mostrados o sus traslaudos et agora sabet que don Mosse / Calbo vezino de Palençia que arrendo de mi el dicho arciprestad / go de Baltanas de este dicho año por que vos digo de / parte del dicho Señor Rey et vos Ruego dela mia que re / cabdades et fagades recudir al dicho don Mosse o alque / lo oviere de recabdar por el bien et complida miente asy / de pan conmo de bino granado et menudo padron et pesquisa / et delo quele dieredes o al quelo ovier de recaudar por / el tomad su carta de pago et ser vos ha reçebido en / cuenta et toda renta o rentas o abenençia o abenençias / que conel dicho don Mosse fesieredes o conel quelo oviere / de recaudar por el yo lo he et abre por firme et por / vailedero por agora e por en todo tiempo et por esta carta / do et otorgo todo mi poder complido al dicho don Mosse o / al quelo ovier de recaudar por el por que vos faga en / esta rason todas las prendas et premias et afincamientos / et enplazamientos et prestaçiones que enla carta del dicho / Señor Rey se contiene et yo mismo vos podria faser / sy presente fuese et por que de esto seades çiertos dile / esta mi carta firmada de mi nombre et por mas firmeza / roge a Ferrand Alfons notario publico dela çipdat de Palençia / (fol. 8v) quela signase con su signo fecha quatro dias de ma / yo Era de mil et quatroçientos et beynte años et / yo Ferrand Alfons notario publico de la çibdat de Palençia vy et / ley el traslabdo dela carta del dicho Señor Rey et los / traslabdos delas dichas cartas delos dichos Johan Nuñes et Johan / Sanches et don Semuel onde estos traslabdos fueron / sacados testigos que bieron et oyeron leer los dichos trasla / bdos delas dichas cartas en Villa Biudas martes treze / dias del mes de mayo era de mil et quatrocientos et / beynte años [continúa]
Imagen 11. Detalle del fol. 5v del cuadernillo – González García, F.
Las cartas nos aportan algunos datos explícitos e implícitos sobre estos judíos palentinos. El primero, es que los hermanos Semuel y Jacob comparten un apellido muy singular: Henemelec, Hemeleque o Emeleque. El mismo que Francisco Cantera propuso como hipótesis alternativa a Zamelek/Zamalek o ben Maleke/Malek y, según sugería, se podría vincular con el de «un judío burgalés de 1379-1380 (v. Baer, I/2, pág. 230)» (Huidobro y Cantera, 1954: 346; Cantera y Millás, 1956: 331) 32.
Es igualmente llamativo el momento cronológico al que se refieren los traslados de las cartas. Se hicieron en 1382 y los personajes pretenden cobrar las tercias correspondientes a la Era de «mil et quatroçientos et diez et nueve», o lo que es lo mismo, el año 1381. La fecha concuerda con la de la inscripción y se enmarca en los primeros años del reinado de Juan I (1379-1390) tras la muerte de su padre Enrique II.
El ámbito geográfico también coincide. La villa estaba en el área de recaudación de los hermanos Emeleque, pues Aguilar y Reinosa tributaban junto a otras localidades del Obispado de Palencia (León Tello, 1967: 148-150), por lo que resulta bastante probable que Semuel y Jacob, o algún judío local en su nombre, recaudasen más tributos en Aguilar.
Existe otro aspecto adicional de carácter filológico. En el cuadernillo hay tres variantes gráficas para un mismo apellido: Henemelec, Hemeleque y Emeleque; siendo la última la más habitual a lo largo del texto. Como argumenta la profesora Elena Romero, estas variaciones serían producto de una escritura «a la fonética» (Romero, 2019: 248), tratando de reproducir en la grafía castellana unos sonidos propios de otra lengua, casi ininteligibles para quien los escuchaba. Debió ser difícil para Ferrand Alfons, el notario que redactó los traslados, escribir los fonemas hebreos con la grafía romance, pues no sabría si debía usar una «h» inicial o no, si las dos primeras sílabas eran «hene» o «heme» y si terminaba en «c», en «que» o en «k» (Garbell, 1954). Las mismas dudas de Cantera a la hora de transcribir la inscripción.
Imágenes 12, 13 y 14. Las variantes gráficas Henemelec, Hemeleque y Emeleque – González García, F.
La coincidencia onomástica, cronológica, geográfica, el oficio de recaudadores y las dificultades de transcripción de ambos textos no pueden ser producto de la casualidad. Estas llevan a pensar que Semuel y Jacob Emeleque son los mismos personajes de la inscripción hispano-hebrea.
Para explicar la presencia del epígrafe en ‘el Portago’, habría que retroceder al bienio 1368-1369, durante el desenlace del conflicto entre Pedro I de Castilla y Enrique II de Trastámara. Los mercenarios ingleses al mando de Eduardo de Woodstock, el Príncipe Negro, que se retiraban camino del puerto de La Coruña para embarcar rumbo a Gran Bretaña, irrumpieron en la villa causando una gran destrucción, incendiando «los molinos de Torrentero», situados al sureste de Aguilar, «al igual que la presa» (González de Fauve, 1983: 32). El ataque se conoce gracias a la noticia de Samuel Zarza en 1368 (León Tello, 1967: 15-16) o la alegación que hicieron los judíos en 1370, ante una demanda interpuesta por el monasterio, asegurando que la aljama había quedado despoblada tras la guerra «por muchas muertes, e males e daños que recibieron de los ingleses» (Benavides, 1860: 787-788; Baer, 1970: 205). Pero el testimonio más elocuente son los niveles de incendio que se observan cuando se hacen obras en el subsuelo de la villa.
Acabada la contienda, en Aguilar se tuvo que rehacer lo destruido, como ‘el Portago’, la entrada más vulnerable de su sistema defensivo. Los trabajos correrían a cargo de los judíos, como contraprestación por recaudar el portazgo; un impuesto con carácter finalista destinado al mantenimiento de las murallas y otras infraestructuras locales 33.
Además, los documentos aportan otra información indirecta que sirve tanto para los judíos aguilarenses como para los hermanos Emeleque y Mosse Calbo. Se trata de gentes urbanas, siendo los tres vecinos de Palencia. También se repite la profesión, financieros y recaudadores de impuestos; aunque su volumen de negocio era muy superior al de los judíos de Aguilar, que ocasionalmente trabajarían para ellos. El rasgo más significativo es su cercanía a la corte de los Trastámara, relacionándose con personas del máximo nivel dentro de la administración castellana, como el converso Juan Sánchez de Sevilla (Samuel Abravanel), contador mayor del rey Juan I.
8. Conclusiones
A lo largo de esta investigación, se ha podido constatar que los patronímicos de las familias judías de Aguilar se iban repitiendo en los documentos a lo largo de toda la Edad Media, y ninguno de ellos guarda relación con los mencionados en el epígrafe. Cantera no pudo localizar ningún documento de los judíos locales que le ayudara a identificar a los personajes de la inscripción, porque seguramente no eran de Aguilar.
Gracias a los traslados de las tres cartas inéditas conocemos la identidad de Semuel y Jacob Emeleque. Todos los indicios apuntan a ellos; tanto el apellido, como los nombres de ambos están muy cerca de lo investigado por Cantera. Coinciden la fecha, la zona de recaudación y el oficio. También contaban con los medios económicos e influencia necesarios para permitirse el lujo de dejar sus nombres en el portal mayor de la villa. Sin embargo, la investigación aún no se puede dar por concluida. Falta que algún especialista en la lengua hebrea intente transcribir el texto de forma definitiva 34.
En 1942, Cantera terminaba su artículo diciendo: «Mas hoy por hoy no deseábamos sino aportar aquí el estudio de la asendereada lápida, abrigando la esperanza de completar algún día los datos ahora ofrecidos» (Cantera, 1942: 104-105). Hoy finalizo el mío con el honor de haber podido seguir sus pasos, y espero que en el futuro otros puedan llegar al final del camino.
9. Abreviaturas
ACP: Archivo de la Catedral de Palencia
AGS: Archivo General de Simancas
AHN: Archivo Histórico Nacional
BNE: Biblioteca Nacional de España
CORDE: Corpus Diacrónico del Español
CPAC: Colección Particular de Aguilar de Campoo
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1. A propósito de la visita de Unamuno a la villa en 1921 (Unamuno, 1929: 251-254).
2. Para un estudio pormenorizado de este documento, así como de los dos siguientes, de los años 1219 y 1220 (Ramos, 2023).
3. Aunque León Tello también recoge este documento (León Tello, 1967: 112), la transcripción más completa del mismo es la ofrecida por el profesor Jesús Muñoz.
4. En la nota 29 se incluye más información acerca de la colección particular donde se encuentran.
5. Si bien Barriuso y Laureiro atribuyen dicho censo sobre la población judía de Aguilar a Gregorio Ruiz, no he encontrado ninguna referencia al respecto en los escritos póstumos del jesuita (Ruiz, 1987).
6. El texto, que está fechado a 4 de junio de 1402 y trata sobre el subarriendo del cobro de unas rentas en el Arciprestazgo de Baltanás, afirma lo siguiente: «Don Çag Çidicaro e don Jacob Çidicaro filios de don Salamon Çidicaro arrendadores mayores del Rey del obispado de Palencia […] facemos vos saber que don Mose Çidicaro fijo de don Salamon Çidicaro vesino de Villa Diego arrendo de nos las dichas tercias del dicho arcyprestazgo e de todas las villas e logares del dicho arcyprestazgo». CPAC, Sección Medieval, Manuscritos, carp. 3, núm. 2.
7. Por el contexto, no es descartable que este sea uno de los Halaph que se repiten después.
8. Existe la duda sobre si Zach de Saldanna y Iuceph de Leuanza residían en Aguilar. Sus apellidos remiten a las localidades palentinas de Saldaña y Lebanza y no aparecen descendientes de Zach en documentos posteriores, aunque sí de Iuceph.
9. Puede que Iago Chufon no fuese judío, sino franco. La presencia de franceses en el Aguilar medieval está documentada desde el año 1211, cuando se menciona al cantero Martin Gardin como testigo de una permuta entre el abad Gonzalo, Juan Zapatero y María Martínez (Rodríguez de Diego, 2004: 309).
10. La expresión «ierno de Iuceph» parece aludir a Iuceph Ferrero.
11. Es muy probable que los Milano fuesen antepasados de Yuçé Milano, vecino de Zamora y arrendador y recaudador de las alcabalas y tercias de la ciudad de Burgos en 1490 (Rey, 2016: 297-298). También se tiene constancia que fue mayordomo de Pedro Manrique, Duque de Nájera, en la villa palentina de Amusco, juez de su aljama en 1492 y padre de Salamón Milano (Cantera, 1980: 313). En cambio, la familia Ferrero sí llegaría a arraigar en Aguilar, como demuestra la pervivencia del nombre Aceclín o Açecrin.
12. El nombre de esta mujer no aparenta ser judío, sino que remite a un origen hispano-cristiano.
13. Este caso es idéntico al de la nota anterior.
14. Antonio Rojo olvidó recogerlo en su recopilación de apodos locales de 1979 (Rojo, 1979: 127-134).
15. Belén Sanchioli excavó este tramo de la cerca amurallada durante unas campañas centradas en el castillo de la villa en 1987. La reseña que publicó al año siguiente no hace mención alguna al hallazgo de materiales arqueológicos asociados a los judíos (Sanchioli, 1988: 162-163).
16. En 1958, el solar de Fontaneda fue excavado a raíz de unas obras de ampliación de la fábrica por un equipo arqueológico dirigido por Antonio García y Bellido. Se encontraron numerosos materiales datados inicialmente como celtibéricos, hoy identificados de manera inequívoca como medievales, sin hallar ningún resto que podamos relacionar con la comunidad judía (García y Bellido, 1970: 36-43).
17. No debe confundirse la actual ‘Calle del Pozo’ con el antiguo ‘Barrio del Pozo’, que en realidad se encontraba más al norte, en el solar de la fábrica de Fontaneda.
18. Es bastante probable que esta vía deba su nombre a que la pesquera del citado molino pasaba por ella, lo que también explicaría su trazado serpenteante.
19. He utilizado el topónimo ‘Puerta de Portago’, pese a ser en realidad redundante («Puerta del portal mayor»), porque es el que recoge el Catastro del Marqués de la Ensenada (Ensenada, 1749).
20. El motivo religioso de colocar Vírgenes sobre la puerta principal de las murallas es común a otros muchos lugares de España. Sirvan como ejemplos el ‘Portal Mayor’ de Sigüenza, el ‘Arco de la Guía’ de Brihuega (ambos en Guadalajara) o el ‘Ojo de la Virgen’ de Dueñas (Palencia).
21. «Si tú guardar sopieres esto que te castigo, / cras te dará la puerta quien te oy çierra el postigo» (Hita, 1988: 224).
22. «La calleja que sale alasheras que llaman del Postigo» (Ensenada, 1749).
23. El Catastro menciona en repetidas ocasiones las ‘Eras de Portago’, la ‘Puerta de Portago’, la ‘Calle de Portago’, la ‘Plaza de Portago’ y la ‘Capilla de Nuestra Señora de Portago’ (Ensenada, 1749). En ninguna ocasión aparece la palabra «Portazgo», al igual que el título nobiliario es «Portago», sin «z».
24. La confusión entre «Portago» y «Portazgo» ya se localiza en la obra de Rafael Navarro, varias décadas anterior (Navarro, 1939: 243-244).
25. Aunque Cantera la describió como «una gran piedra granítica» (Cantera y Millás, 1956: 329), es indudable que se trata de un bloque de caliza, muy posiblemente reutilizado de otra construcción previa.
26. Pese a que Quadrado los describió como «dos arquitos dentellados» (Quadrado, 1885: 519) y para Cantera eran «trilobados» (Cantera, 1942: 102), las fotografías de la inscripción no dejan lugar a dudas. Se trata de dos arcos gemelos de medio punto sostenidos por capiteles y con un parteluz en el centro.
27. Corada y Torres se refieren erróneamente al protagonista de la inscripción como «maestro de obras» (Corado y Torres, 2022: 25). Cantera fue taxativo en ese sentido, mostrando a Çak Zamelek como costeador de los trabajos en el torreón, no su constructor; un dato que también se deduce del nuevo documento.
28. En su artículo de 1954 Cantera lo transcribe como «akesa» (Huidobro y Cantera, 1954: 345).
29. Se trata de una colección privada propiedad de una familia muy discreta oriunda de Aguilar, que no ha querido dar más datos acerca de su procedencia, a fin de preservar su intimidad.
30. Aprovecho esta nota para agradecer a Mauricio Herrero Jiménez, profesor titular de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Valladolid, su ayuda con la descripción y transcripción del cuadernillo.
31. Conocemos los orígenes judíos de Juan Sánchez de Sevilla gracias a Pero López de Ayala: «E don Fadrique, duque de Benavente, demandó estonce que le diesen el oficio de contaduría mayor del rey para un ome que decían Juan Sánchez, de Sevilla, que era converso y sabía mucho en fecho de cuentas, e usado en las rentas del regno en tiempo del rey don Enrique e del rey don Juan» (López de Ayala, 1991: 715).
32. La cita a Fritz Baer posiblemente sea errónea. Aunque Cantera remite a la obra Historia de los judíos en la España cristiana, el apellido Emeleque no figura en el texto de Baer, ni tampoco en el índice onomástico de ninguna de las tres ediciones que he consultado (Baer, 1960, 1970, 1981). Quizás quiso aludir al estudio de Amancio Rodríguez, que recoge un pleito de 1381 donde estuvo presente «Jacobo Emeleque, judío, vecino de Burgos» (Rodríguez, 1907: 243).
33. Para más información sobre el papel de los judíos en el mantenimiento y el cuidado de las murallas en la Europa medieval (Porsche, 2004).
34. La fotografía publicada por Cantera en su último estudio (Imagen 8), de extraordinaria calidad, sería un gran punto de partida para futuros intentos de transcripción del epígrafe (Cantera y Millás, 1956: 330).