Enfoque y alcance

Cuadernos Geográficos es una revista científica que se publica anualmente desde 1971; en 2012 con el número 51-2 pasa de tener un formato en papel a uno digital. En la actualidad la revista publica dos números al año. La publicación es continuada por que los tiempos entre la aceptación de los trabajos y su publicación definitiva son realmente cortos.

Sus editores científicos son los Departamentos de Análisis Geográfico Regional y Geografía Física, y de Geografía Humana de la Universidad de Granada, participando en su publicación además la Editorial de la Universidad de Granada.

Su objetivo principal es la difusión científica de artículos y reseñas de libros, que permitan el desarrollo de la Ciencia Geográfica. Estas contribuciones pueden ser desde la  geografía o ciencias afines procedentes de cualquier parte del mundo, aceptándose textos a las diferentes secciones en los idiomas español e inglés.

La evaluación de artículos se rige por un sistema que comprende dos fases: una primera de evaluación interna por parte de los Editores Adjuntos; y una segunda de evaluación externa con el sistema de dobles pares. La admisión de contribuciones a otras secciones de la revista será responsabilidad del grupo de Editores Adjuntos.

Cuadernos Geográficos está indexada en las siguientes bases de datos DOAJ, PIO, ISOC, URBADOC, GEODADOS, GEOBASE (Elsevier), LATINDEX, REDALyC, DIALNET, HISTORICAL ABSTRACT, SOCIOLOGICAL ABSTRACT, BIBLIOGRAPHIE GEOGRAPHIQUE INTERNATIONALE, SCOPUS y WEB OF SCIENCE (THOMSON REUTERS).

Las opiniones expresadas en los diferentes trabajos son de exclusiva responsabilidad de sus autores y autoras.

La reproducción total o parcial de algunos de los textos publicados está permitida siempre y cuando sea correctamente citado el texto de origen.

Cobertura de la revista

Temas de la Ciencia Geográfica y ciencias afines.

Audiencia

Geógrafos y geógrafas; investigadores relacionados con la ordenación del territorio; el medio ambiente; y ciencias afines a la geografía.

Secciones de la revista

Artículos, Debate, Documentación, Resúmenes de Trabajos de Investigación y Reseñas de Libros

Historia

Cuadernos Geográficos publica su primero número en 1971; desde entonces se diferencian 4 etapas: es etapas (Cuadro 1): 1971 a 1978; 1979 a 1992; 1993 a 2012 (primer semestre); desde el segundo semestre de 2012 la revista se publica en versión digital.

Idiomas de publicación.

Se aceptan trabajos en español e inglés.

Publicación continuada

La publicación continuada permite que una vez aceptado el trabajo entre en proceso de maquetación y publicación sin esperar hasta que el número esté completo.

Política de acceso abierto

Esta revista provee acceso libre inmediato a su contenido bajo el principio de que hacer disponible gratuitamente la investigación al publico, lo cual fomenta un mayor intercambio de conocimiento global.

Nuestra revista se atiene a las recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación:

  • Los autores cuyas contribuciones sean aceptadas para su publicación en esta revista conservarán el derecho no exclusivo de utilizar sus contribuciones con fines académicos, de investigación y educativos, incluyendo el auto-archivo o depósito en repositorios de acceso abierto de cualquier tipo.
  • Preferiblemente se permitirá el uso de la versión publicada de las contribuciones científicas (versión post-print del editor) o, en su defecto, el de la versión post-print del autor ya evaluada y aceptada, que estarán accesibles en abierto tan pronto como sea posible, ya que la revista no impone ningún período de embargo.

COSTOS DE PROCESAMIENTO Y PRESENTACIÓN DE ARTÍCULOS

Esta revista no cobra a los autores ningún costo por la presentación ni el procesamiento de los artículos.

Proceso editorial y Sistema de arbitraje

Etapas del proceso editorial

Todos los trabajos enviados a la Redacción de la Revista (cuadgeo@ugr.es) serán informados de su recepción en un plazo de 5 días.

Los textos enviados a la sección de Artículos tendrán una doble evaluación:

- Evaluación interna o preliminar, en la cual el grupo de Editores Adjuntos comprobará que se respetan las normas de estilo; determinará si su contenido encaja en la línea temática de la revista de Cuadernos Geográficos; y opinará sobre su contenido. En este momento se sugerirá al autor o autora si debe realizar algún cambio antes de iniciar la fase de evaluación externa. El plazo con el que contarán los Editores Adjuntos para este informe será de 15 días.

- Evaluación externa o revisión por pares (sistema doble ciego): una vez establecido que el contenido del manuscrito cumple con los requisitos formales y temáticos, será enviado a un mínimo de dos pares, quienes, ateniéndose a lo especificado en la Guía para Evaluadores, emitirán un informe rellenando el Formulario de evaluación. En caso de opiniones encontradas y/o si se considera oportuno se solicitará un tercer dictamen. El plazo dado para esta evaluación a los revisores externos será de 30 días.

El autor contará con 30 días para enviar el texto revisado, en cada una de las fases de evaluación, en caso de que los dictámenes así lo requieran.

Una vez el texto esté aceptado se enviará a los autores y autoras una versión definitiva mismo en formato pdf. Se dispondrá de 5 días para su revisión, emitiendo un informe de los cambios a realizar, los cuales atenderán a aspectos formales y puntuales.

Un vez finalizado el proceso editorial, los textos se dispondrán en la página de la revista, aunque el orden definitivo se decidirá al cierre del fascículo correspondiente.

Criterios para la aceptación de trabajos

Los factores en los que se funda la decisión sobre la aceptación-rechazo de los trabajos por parte de los editores de la Revista son los siguientes:

  1. Se valoran conjuntamente la originalidad, novedad y relevancia de la investigación llevada a cabo, además de resultar de interés para la Ciencia Geográfica.
  2. Significación de la investigación para el avance científico y social.
  3. Fiabilidad y validez científica tanto de las fuentes consultadas como de los métodos empleados para el desarrollo de la investigación.
  4. Redacción adecuada, organización lógica y presentación material del manuscrito.

Información sobre el sistema de arbitraje

Los trabajos recibidos serán sometidos a revisión por un mínimo de dos evaluadores externos con el título de doctor/doctora.

Se tendrá en cuenta que los revisores no pertenezcan a la Universidad a la que pertenece el autor o autora, o que hayan dirigido su tesis doctoral.

El sistema de revisión será doble ciego, es decir que la identidad de los autores y revisores se desconoce por ambos lados.

Los revisores, ateniéndose a lo especificado en la Guía para Evaluadores, emitirán un informe rellenando el Formulario de Evaluación.

La selección de revisores es competencia de los Editores de la revista, quienes tienen en cuenta sus méritos académicos, científicos y la experiencia profesional, incluyendo especialistas tanto de origen nacional como internacional. Entre los revisores podrán figurar miembros del Comité Asesor.

Régimen de la relación entre los autores y la revista

Confidencialidad en el tratamiento de la identidad

La identidad del autor/es y autora/autoras que remita/n un manuscrito para su evaluación y posible publicación será preservada por el Director, Subdirector/a, Secretario/a y Editores Adjuntos en tanto éste se publica, no dándola a conocer en caso de que el artículo sea rechazado.

Los nombres y direcciones de correo electrónico que acompañan a los autores y autoras se usarán exclusivamente para los fines declarados por esta revista y no estarán disponibles para ningún otro propósito u otra persona.

Confidencialidad en el tratamiento de los manuscritos

Los manuscritos, en tanto se encuentren en proceso de revisión/evaluación, no serán empleados en ningún término y bajo ningún concepto por ningún agente implicado en el proceso, hasta que, si procede, sea publicado.

Los manuscritos rechazados para su publicación quedaran archivados en el Histórico de manuscritos de la revista, y bajo ningún concepto será utilizado por ningún miembro de la citada publicación.

Comportamiento ético en la investigación y publicación

Es obligación de la revista detectar, evitar y, en su caso, denunciar las siguientes prácticas sobre los diversos supuestos:

  • Fabricación, falsificación u omisión de datos durante la investigación.
  • Plagio: los autores son responsables de obtener los oportunos permisos para reproducir parcialmente material (texto, tablas o figuras) de otras publicaciones y de citar su procedencia correctamente. Estos permisos deben solicitarse tanto al autor/a/es como a la editorial que ha publicado dicho material.
  • Publicación redundante: consiste en la presentación de un trabajo que coincide en lo esencial con otro ya publicado. Este hecho contraviene las leyes internacionales sobre derechos de autor, ética profesional y el uso rentable de los recursos.
  • Autoría falsa: en la lista de autores firmantes deben figurar únicamente aquellas personas que han contribuido intelectualmente al desarrollo del trabajo.
  • Conflictos de interés: la revista espera que los autores declaren cualquier asociación comercial o personal que pueda suponer un conflicto de intereses en conexión con el texto remitido.
  • Violación de leyes y derechos humanos durante el proceso de investigación.
  • Uso de un lenguaje sexista, discriminatorio y/o o racista.

Declaración de autoría, originalidad y cesión de derechos

Todos los autores/as deben declarar su conformidad con todos y cada uno de los puntos que articulan la presente Declaración de autoría, originalidad y cesión de derechos.

Para ello cada autor/a certifica, con respecto al manuscrito que presenta a la revista Cuadernos Geográficos editada por el Departamento de Análisis Geográfico Regional y Geografía Física, y Departamento de Geografía Humana de la Universidad de Granada:

  • Que ha contribuido directamente al contenido intelectual del trabajo, del cual se hace responsable a todos los efectos.
  • Que aprueba los contenidos del manuscrito que se somete al proceso editorial de Cuadernos Geográficos, y por tanto está de acuerdo en que su nombre figure como autor.
  • Que el contenido del artículo no ha sido publicado y que tampoco figura en otro trabajo que esté a punto de publicarse.
  • Que se compromete a no someterlo a consideración de otra publicación mientras esté en proceso de dictamen en Cuadernos Geográficos, ni posteriormente en caso de ser aceptado para su publicación.
  • Que no ha tenido ni tiene, relaciones personales o financieras que puedan introducir prejuicios y sesgos en el desarrollo o los resultados del presente trabajo.
  • Que han sido mencionadas en el epígrafe de agradecimientos todas aquellas personas que, habiendo otorgado su permiso para tal mención, han contribuido de manera sustancial al desarrollo del trabajo.
  • Que se compromete a facilitar, cuando así lo requiera la revista, el acceso a datos y fuentes en los que se funda el trabajo presentado.
  • Que participará activamente en la realización de todas aquellas modificaciones de estilo u orto-tipográficas que sean necesarias para la publicación del trabajo cuando así se lo notifique el equipo editorial de la revista.
  • Que no ha violado, ni violará, las leyes y derechos humanos o animales durante el proceso de investigación y publicación de este trabajo.
  • Que ninguna de las instituciones en las que desarrolla su labor científica e investigadora ha presentado objeciones con respecto a la publicación del manuscrito que se somete a evaluación.
  • Que todos los datos y las referencias a materiales ya publicados están debidamente identificados con su respectivo crédito e incluidos en las notas bibliográficas y en las citas que se destacan como tal y, en los casos que así lo requieran, cuenta con las debidas autorizaciones de quienes poseen los derechos patrimoniales.
  • Que los materiales están libres de derecho de autor y se hace responsable de cualquier litigio o reclamación relacionada con derechos de propiedad intelectual, exonerando de responsabilidad a Cuadernos Geográficos.
  • Que en caso de que el trabajo sea aprobado para su publicación, autoriza de manera ilimitada en el tiempo a la entidad editora para que incluya dicho texto en Cuadernos Geográficos y pueda reproducirlo, editarlo, distribuirlo, exhibirlo y comunicarlo en el país y en el extranjero por medios impresos, electrónicos, CD, Internet o cualquier otro medio conocido o por conocer.

Existen dos modos de hacer efectiva dicha conformidad:

  • Para los envíos realizados mediante el sistema Open Journal Systems, será obligatorio marcar la última casilla de la lista de comprobación del envío.
  • Para aquellos casos excepcionales en los que el envío se efectue mediante e-mail, deberá cumplimentarse y adjuntarse al mensaje el siguiente archivo:
    Descargar: Declaración de originalidad, autoría y cesión de derechos.

Bajo ningún concepto se publicará un trabajo sin que el autor/a haya certificado su conformidad con la Declaración.

Reglamento de Régimen Interno de la Revista de Cuadernos Geográficos

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Granada, 5 de abril de 2.013

Preámbulo

La creación de la Revista Cuadernos Geográficos tuvo lugar en 1971 a iniciativa de un grupo de investigadores y profesores ligados al Departamento de Geografía de la Universidad de Granada.

En el año 2013, los órganos de dirección y redacción de la Revista, deciden revisar su Reglamento con el propósito de alcanzar los siguientes objetivos:

  • Que la Revista siga consolidándose como un vehículo para el estudio y difusión, desde una perspectiva científica, de las investigaciones sobre geografía, ordenación del territorio y medio ambiente.
  • Adaptar la Revista (estructura, información, aspecto) a lo especificado por la normativa ISO sobre publicaciones periódicas científicas.
  • Conseguir una mayor difusión nacional e internacional de la Revista, mediante la implementación del sistema Open Journal System.

TITULO PRELIMINAR: DE LA IDENTIFICACIÓN, CONTENIDO Y ENTIDADES QUE LA AUSPICIAN.

Artículo 1. La Revista Cuadernos Geográficos (en adelante C.G.). Así mismo, se publicará con el International Standard Serial Number (ISSN) 2012-5462.

Artículo 2. La Revista tendrá su sede en los Departamentos de Geografía, ubicados en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Granada.

Artículo 3. El contenido de la Revista versará sobre cualquier temática relacionada con la geografía, en su más amplia acepción. Admite para ello artículos y reseñas, que necesariamente deben ser originales, y que signifiquen contribuciones científicas para su área de conocimiento.

Artículo 4. La Revista se orienta de forma específica hacia el estudioso e investigador universitario, y de modo genérico, a todos aquellos interesados en ampliar sus conocimientos sobre la geografía y ciencias afines.

Artículo 5. La Revista estará editada por los Departamentos de Geografía de la Universidad de Granada (Departamento de Análisis Geográfico Regional y Geografía Física, y Geografía Humana). También podrán incorporarse a la Revista, con el título de Entidades Colaboradoras, todas aquellas Instituciones, públicas o privadas, que llevan a cabo de un modo permanente proyectos concretos de colaboración, o aporten algún tipo de medios para la consecución de los objetivos propios de la Revista.

TÍTULO I. DE LA PERIODICIDAD, FORMATO E IDIOMAS DE PUBLICACIÓN

Artículo. 6. La Revista tendrá dos publicaciones anuales decididos previo acuerdo del grupo de Editores Adjuntos.

Artículo 7. La Revista estará disponible íntegramente en versión electrónica alojada en el sitio web de la Revista y con acceso desde el portal de revistas de la Editorial de la Universidad de Granada; y gestionada empleando el sistema Open Journal System.

Artículo 8. La Revista publicará sus contenidos en español e inglés.

TÍTULO II. DE LOS ÓRGANOS DE LA REVISTA

Artículo. 9. Los órganos de la Revista son:

  • Consejo Directivo.
  • Editores Adjuntos.
  • Comité Asesor.
  • Comité de Honor.

TÍTULO III. DEL CONSEJO DIRECTIVO

Artículo 10. El Consejo Directivo asumirá la orientación general y responsabilidad de la Revista y entenderá de los asuntos financieros, administrativos y de organización.

Artículo 11. Compondrán el Consejo Directivo las personas que ostenten la Dirección y la Secretaría de la Revista.

Artículo 12. Corresponde al Consejo Directivo tomar cuantas decisiones procedan en relación con la Revista y particularmente:

a)     La elaboración de los planes financieros, su periodicidad y otras características de su edición.

b)     El control de la labor de dirección y gestión.

Artículo 13. El Consejo Directivo habrá de reunirse como mínimo una vez cada tres meses.

TITULO IV. DEL DIRECTOR/A

Artículo. 14. El Director/a de la Revista C.G. será nombrado por los Editores Adjuntos de entre los profesores doctores de los Departamentos de Geografía (Departamento de Análisis Geográfico Regional y Geografía Fisica y Departamento de Geografía Humana). Su mandato será de cuatro años prorrogables.

Artículo. 15. Vacante la Dirección de la Revista, el Director/a saliente, en su defecto el Secretario/a del grupo de Editores Adjuntos, convocará una sesión extraordinaria del mismo para proceder a la elección. En la convocatoria se solicitará la presentación o propuesta formal de candidaturas, en los diez días siguientes a la comunicación. Podrá presentarse o ser propuesto a Director/a de la Revista C.G. cualquier profesor/a doctor/a de los Departamentos de Geografía. La sesión, que no podrá tener lugar antes de transcurrido un mes desde su convocatoria, se iniciará con la exposición de las distintas candidaturas presentadas o propuestas. La elección se realizará mediante votación secreta, requiriéndose para ser elegido, mayoría absoluta en primera votación y mayoría simple en la segunda. En caso de empate, tras las intervenciones que el moderador/a estime convenientes, se repetirá la votación cuantas veces resulten necesarias.

Artículo. 16. A la persona responsable de dirigir la Revista le corresponderán las tareas de gestión y realización de la misma, su representación, así como todas aquellas que le sean delegadas por el grupo de Editores Adjuntos. Entre ellas, las principales son:

1. Actuar como Presidente del grupo de Editores Adjuntos.

2. Representar la publicación en todos los ámbitos.

3. Velar por la ejecución de los acuerdos del grupo de Editores Adjuntos.

4. Someter al grupo de Editores Adjuntos, para su aprobación la Memoria Anual de Actividades y el Presupuesto Anual, este último previo acuerdo de los respectivos Consejos de Departamento.

5. Todas aquellas que no se contemplen para los demás órganos de la Revista C.G.

Artículo. 17. El Director/a de la Revista C.G. cesará en el cargo por:

  1. Cumplimiento del mandato para el que fue nombrado.
  2. Renuncia, que habrá de formular por escrito y comunicar al grupo de Editores Adjuntos.
  3. Revocación del grupo de Editores Adjuntos.

TÍTULO V. DE LOS SECRETARIOS/AS

Artículo. 18. El grupo de Editores Adjuntos, oído el Director/a, nombrará, de entre sus ocho miembros, dos Secretarios/as, de Revisión y Edición, respectivamente.

Artículo. 19. Los Secretario/as de la Revista, que lo serán al mismo tiempo del Consejo Directivo y del grupo de Editores Adjuntos, asistirán a la Dirección en las labores de gestión y realización que le son propias y darán fe de los acuerdos y decisiones que se tomen en las reuniones de los distintos organismos de la Revista. Son funciones de los Secretarios/as:

1. Actuar como Secretarios/as del grupo de Editores Adjuntos, levantar acta de sus sesiones y dar fe de sus acuerdos.

2. Organizar la Secretaría de la Revista C.G. custodiando su material.

3. Atender a cuantas gestiones se deriven para la publicación de la Revista.

4. Asistir al Director/a en sus funciones, sustituirlo en sus funciones transitoriamente, y desarrollar aquellos cometidos específicos que le encomiende el grupo de Editores Adjuntos.

5. Atender las Suscripciones e Intercambio.

Artículo 20. Los Secretarios/as de la Revista C.G. cesarán en el cargo por:

1. Cumplimiento del mandato para el que fueron nombrados.

2. Renuncia, que habrá de formular por escrito al grupo de Editores Adjuntos.

3. Revocación por el grupo de Editores Adjuntos.

En estos casos, y cuando no sea posible la continuación en funciones de ningún Secretario/a, actuará como tal hasta que recaiga nuevo nombramiento, el miembro del grupo de Editores Adjuntos que libremente designe el Director/a de la Revista C.G., previa aceptación de su parte.

TITULO VI. DE LOS EDITORES ADJUNTOS

Artículo 21. El grupo de Editores Adjuntos de la Revista C.G. lo integran su Director/a, ocho editores adjuntos elegidos entre los profesores doctores de los Departamentos de Geografía (Análisis Geográfico Regional y Geografía Física y Geografía Humana), en representación paritaria, de entre sus profesores doctores, y hasta un máximo de diez profesores/as y/o investigadores/as externos/as propuestos por los mismos departamentos; en esta paridad se tendrá en cuenta la paridad de sexos.

Artículo 22. El grupo de Editores Adjuntos tendrá como tarea principal la de programar el contenido de la Revista, para lo cual atenderá la selección y revisión previa de originales y sugerirá los cambios que considere oportunos en cuanto a estructura, composición y forma de la misma. Asimismo, este Consejo asesorará al Consejo Directivo sobre temas de su competencia cuando éstos lo soliciten.

Artículo 23. Son funciones propias de los Editores Adjuntos:

1. Determinar la estructura, composición y formato de la Revista C.G.

2.  Programar el contenido de la misma, seleccionando, a tal fin, los originales que se estimen pertinentes.

3. Velar por la calidad formal y científica de la Revista C.G.

4. Establecer áreas de contenidos afines y nombrar responsables de las mismas de entre sus miembros.

5. Aprobar las normas para el envío y aceptación de originales.

6. Aprobar el Presupuesto Anual.

7. Elegir al Director/a y a los/as Secretarios/as.

8. Elegir a los/as investigadores/as externos que componen el grupo de Editores Adjuntos y el Consejo Asesor.

9. En su caso, el nombramiento de Entidades Colaboradoras.

10. La firma de acuerdos de colaboración entre la Revista y las instituciones que se consideren de interés.

11. Aprobar las modificaciones del Reglamento Interno de la Revista, y cualquier documentación vinculada a la Revista y a la regulación de su proceso editorial.

12. Acudir a las reuniones de este órgano y resolver en ellas la admisión provisional y la admisión definitiva de los originales presentados, o bien su devolución.

13. Determinar el evaluador externo encargado de elaborar el preceptivo informe sobre cada original presentado.

Artículo 24. El grupo de Editores Adjuntos se reunirán cuantas veces sea preciso previa convocatoria por escrito de la Dirección y mínimo cada tres meses. Los miembros del grupo de Editores Adjuntos podrán perder su condición por:

1. Renuncia ante el Director/a de la Revista C.G.

2. Revocación del Departamento que lo nombró.

3. Inasistencia reiterada a las sesiones del grupo de Editores Adjutos: ausencia a más de tres sesiones o durante seis meses.

4. La no entrega o incumplimiento en tiempo y forma del juicio razonado que le merezcan los artículos que han de juzgar (máximo 15 días desde el momento de su recepción).

5. Cuando, por cualquier causa, cese un miembro del grupo de Editores Adjuntos, se procederá a sustituirlo por uno nuevo por el mismo procedimiento que fue elegido.

Artículo 25. Los Editores Adjuntos tienen el derecho y el deber de asistir a las reuniones del Consejo válidamente convocadas por el Secretario/a del mismo de orden del Director. Asimismo, tienen derecho a:

1. Recibir la información y documentación necesarias para el desarrollo de sus funciones.

2. Recibir dietas y gastos de viaje, con cargo a los Departamentos, por desplazamiento debidos a necesidades de la Revista, y con previa aprobación de ambos departamentos y reparto equitativo del gasto.

Artículo 26. Las convocatorias del grupo de Editores Adjuntos se harán:

1. Con carácter ordinario mínima una por la preparación de cada número, es decir, mínimo dos veces al año.

2. Con carácter extraordinario, cuando la estime conveniente el Director/a o lo solicite, como mínimo, el 25% de los miembros del grupo de Editores Adjuntos.

Artículo 27. El orden del día será indicado por el Director/a y cursado por el Secretario/a actuante.

Las convocatorias se notificarán con una antelación mínima de siete días naturales, especificándose en ellas fechas, lugar y hora de sesión en primera y segunda convocatoria, además del orden del día. La notificación irá acompañada del acta de la reunión anterior para su aprobación si procede, y en caso necesario, de la documentación pertinente o bien de la indicación del lugar y el tiempo en que se pueda consultar.

Artículo 28. Para la válida constitución del grupo de Editores Adjuntos en primera convocatoria se requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. En segunda convocatoria, quedará constituido con la presencia, al menos, del Director/a, Secretario/a y otro miembro.

Artículo 29. No podrá ser objeto de deliberación, votación o acuerdo cuestión alguna que no figure como punto del orden del día.

Artículo 30. La participación en las deliberaciones y votaciones del grupo de Editores Adjuntos es indelegable.

Artículo 31. Cuando algún miembro del grupo en acta su intervención o parte de la misma o la de otro miembro del grupo, deberá facilitar el texto al Secretario/a, pero siempre siendo consensuado con los presentes en la reunión.

Artículo 32. Las decisiones se adoptarán por asentimiento o votación ordinaria. Siempre que así lo solicite un miembro del Grupo de Editores Adjuntos se procederá a la votación secreta.

Artículo 33. En el acta de cada sesión se hará constar necesariamente los/as consejeros/as asistentes y los acuerdos adoptados. El acta será sometida a lectura y aprobación en la siguiente sesión del Consejo de Grupo de Editores Adjuntos.

TÍTULO VII. DEL COMITÉ ASESOR

Artículo 34. La Revista C.G. se dotará de un Comité Asesor externo, de carácter científico constituido por entre seis y treinta miembros, de entre aquellos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a)     Ser científicos de renombre nacional o internacional en alguna de las áreas relacionadas con los estudios sobre geografía, ordenación del territorio, medio ambiente y ciencias sociales afines.

b)     Ser propuestos por la mayoría de miembros del grupo de Editores Adjuntos.

c)      Deberán ser externos a la Universidad de Granada.

Serán nombrados, previa invitación y aceptación expresa, por el mismo.

Artículo 35. Será competencia del Comité Asesor científico, asesorar a los Editores Adjuntos en las cuestiones que estime  pertinentes o le sean requeridas, entre ellas:

a)     Dictaminar, mediante informes solicitados, acerca de la adecuación o no de un trabajo para su publicación.

b)     Facilitar las condiciones que les sean recabadas por los Editores Adjuntos, acerca de las modificaciones de un original a las que, en su caso, hubiera lugar.

c)      Cuantas otras funciones análogas se pudieran derivar de su condición de expertos.

Artículo 36. Los miembros del Consejo Asesor perderán su condición a petición propia o porque así lo consideren los Editores Adjuntos de forma mayoritaria.

TÍTULO VIII. DEL CONSEJO DE HONOR

Artículo 36. El Consejo de Honor es un órgano de reconocimiento a la labor significativa de alguna persona en el desarrollo y difusión de la Revista.

Artículo 37. Los Editores Adjuntos serán los responsables de nombrar a los miembros que integran el Consejo de Honor.

TÍTULO IX. DE LAS POLÍTICAS Y EL PROCESO EDITORIAL

Artículo 38. La pertenencia de una persona a cualquiera de los órganos de la Revista implica que se compromete a desempeñar sus funciones respetando todos y cada uno de los siguientes preceptos:

a)     Se empleará un tono y lenguaje de máximo respeto a todas las personas e instituciones, tanto en las reuniones como en las comunicaciones que tengan lugar en el marco de la Revista.

b)     Bajo ningún concepto se emplearán, mostrarán o distribuirán los manuscritos originales con una finalidad distinta a las que son propias del proceso editorial de la revista Cuadernos Geográficos.

c)      Se guardará la debida confidencialidad acerca de todas las deliberaciones y resoluciones que tengan lugar en el marco de la Revista, se hayan hecho públicas o no.

Artículo 39. No observar cualquiera de los preceptos especificados en el artículo anterior  puede ser causa de destitución si así lo considera el Consejo Directivo.

Artículo 40. El régimen aplicable al proceso editorial y a las relaciones de la Revista con los autores será el que se recoja en la Guía de Información para autores que esté vigente en cada momento. Tal guía y sus actualizaciones estarán disponibles en el sitio web de la Revista.

Artículo 41. El régimen aplicable en las relaciones de la Revista con los evaluadores externos será el que se recoja en la Guía para evaluadores que esté vigente en cada momento. Tal guía y sus actualizaciones estarán disponibles en el sitio web de la Revista.

Artículo 42. Para cada número se realizará un informe del proceso editorial en el que se indicarán entre otros aspectos: trabajos recibidos por sección; y en el caso de los artículos, los aceptados definitivamente y los rechazados; el período medio de evaluación; y evaluadores externos.

TÍTULO X. DE LOS ASPECTOS FINANCIEROS Y JURÍDICOS

Artículo 43. La Revista C.G. será financiada, a partes iguales por los Departamentos de Geografía de la Universidad de Granada (Análisis Regional y Geografía Física, y Geografía Humana), sin perjuicio de las subvenciones que se puedan obtener de la propia Universidad o de otros organismos o empresas.

Artículo 44. El Presupuesto Anual, presentado por el Director y aprobado por los Editores Adjuntos, será ratificado por los respectivos Consejos de Departamento de Geografía (Análisis Geográfico Regional y Geografía Física y Geografía Humana) en el plazo de un mes desde la fecha de recepción de la propuesta. De no ratificarse, se efectuaran por los Consejos de los mencionados Departamentos propuestas alternativas ó sugerencias de modificación.

Hasta la aprobación de un nuevo presupuesto se considerará en vigor el anterior.

Artículo 45. Las facturas se cargarán directamente en los presupuestos de ambos Departamentos, una vez conformadas por las Juntas de Dirección de éstos.

Artículo 46. El pago de las dietas y viajes se cargarán, asimismo, a los dos Departamentos equitativamente. La comisión de servicios y la liquidación correspondiente serán firmadas por el Director/a del Departamento, a propuesta del Director/a de la Revista C.G.

Artículo 47. Ni la evaluación o publicación de artículos, ni la pertenencia a alguno de los órganos de la Revista dará derecho a remuneración alguna.

Artículo 48. Los contenidos de la edición electrónica de la Revista se publican bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España. Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:

a)     Se cite la autoría y la fuente original de su publicación.

b)     No se usen para fines comerciales.

c)      Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.

Artículo 49. La Universidad de Granada conserva los derechos patrimoniales (copyright) de todos los contenidos publicados, y favorece y permite la reutilización de las mismas bajo la licencia de uso indicada en el artículo anterior.

Artículo 50. La revista Cuadernos Geográficos declina toda responsabilidad con respecto a las opiniones expresadas por los autores de los trabajos en ella publicados.

TÍTULO XI. CLAUSULAS ADICIONALES

Artículo 51. El actual Director/a, Secretario/a y miembros del Consejo Editorial se consideran electos por un período de cuatro años a partir de la ratificación de este Reglamento de Régimen Interno. Asimismo, los Editores Adjuntos nombrarán a los miembros del Comité Asesor externo.

Artículo 52. El presente Reglamento de Régimen Interno podrá ser reformado a propuesta de los Editores Adjuntos y de la Dirección. Para que prospere tal reforma será necesario el acuerdo mayoritario de los Editores Adjuntos.

Artículo 53. En el transcurso de los próximos tres meses a partir de la aceptación del presente Reglamento, los órganos de la Revista deberán adaptarse, si ello fuera posible, a lo dispuesto en su articulado.

Artículo 54. Cualquier cuestión que no se contemple en el presente Reglamento de Régimen Interno referente al objeto de éste, será resuelta en su momento por la Dirección y los Editores Adjuntos.

Guía y formulario para la evaluación externa

DESCARGAR GUÍA PARA LA EVALUACIÓN EXTERNA EN PDF

DESCARGAR FORMULARIO PARA LA EVALUACIÓN EXTERNA

Los contenidos de esta guía tienen como objetivo principal conseguir que el proceso de revisión por pares llevado a cabo en Cuadernos Geográficos se caracterice por:

  • Garantizar una revisión independiente y transmitir apreciaciones constructivas para los autores de manera respetuosa.
  • Asegurar que los manuscritos presenten una panorámica comprensible, objetiva y equilibrada de su temática respectiva.
  • Revisar que se ofrezca una información actualizada, científicamente disponible y verificable.
  • Revisar que las conclusiones o argumentos derivados de la investigación sean inteligibles y relevantes para la disciplina.

Instrucciones sobre confidencialidad y comportamiento ético

Confidencialidad

Todos los manuscritos son información confidencial por lo que se le solicita a los revisores abstenerse de mostrarlos o discutirlos con terceros a menos que sea para solicitar asesoría en algún aspecto específico, manteniendo también la confidencialidad en este caso.

Comportamiento ético

Cuadernos Geográficos espera de los revisores implicados en su proceso editorial que:

  • Si un revisor considera que existe alguna otra persona con mayor capacidad para evaluar la pertinencia del material, lo comunique al equipo editorial.
  • Si el revisor cree que tendrá dificultades para realizar una evaluación objetiva del material, informe inmediatamente al equipo editorial.
  • Si existe una relación actual o pasada entre el revisor y cualesquiera instituciones o personas relacionadas con el manuscrito pudiera dar lugar a un conflicto de intereses, refleje este hecho en el Formulario de revisión.

Plazos para la revisión

El revisor, una vez aceptado el compromiso de evaluar un manuscrito, deberá emitir su informe en el plazo de un mes.

Estructura y estilo de los informes de revisión

Los revisores emitirán su informe mediante la cumplimentación del Formulario de Evaluación y respetando en todo caso las siguientes directrices:

  • El proceso de revisión por pares tiene una doble finalidad: asesorar al equipo editorial sobre la conveniencia de publicar el manuscrito y comunicar todas aquellas mejoras que puedan realizarse en el trabajo.
  • El revisor debe ser consciente de que su labor es asesorar a Cuadernos Geográficos, como experto, acerca del trabajo que otro/otra colega ha hecho, no juzgar o decidir. Por ello, el tono empleado en los informes será siempre de máximo respeto a las personas e instituciones.
  • Todas las críticas y apreciaciones serán objetivas, y no simples diferencias de opinión o valoraciones personales sin argumentar.
  • Las críticas deben ir siempre dirigidas a la argumentación y a la consistencia de los datos presentados, nunca a los autores.

Información sobre los aspectos a evaluar

Se evaluarán aspectos generales y específicos del manuscrito con el objetivo de averiguar si la investigación que describe:

  1. Supone un avance en el conocimiento y es relevante para la disciplina.
  2. Cuenta con el nivel de argumentación, estructura de contenidos y redacción que se exige a las comunicaciones científicas.
  3. Resulta de interés para el público destinatario de la revista.

EVALUACIÓN DE ASPECTOS GENERALES

  • El grado de originalidad del trabajo
  • La importancia que tiene para el progreso de la disciplina, y si fuera el caso, otras implicaciones sociales, culturales o económicas.

EVALUACIÓN DE ASPECTOS ESPECÍFICOS

Se realizará una evaluación de los aspectos específicos agrupados en los siguientes bloques:

Redacción

Se evaluará la claridad y precisión con la que se ha redactado el manuscrito, tanto en el cuerpo del texto como en los títulos, resúmenes y palabras clave, los cuales reflejarán de manera inequívoca el tema principal de la investigación.

Extensión y estructura

Se valora el texto está estructurado en apartados lógicos para transmitir la información de manera eficiente y si, además, alguno de esos apartados requiere ampliarse, reducirse o suprimirse.

Metodología y claridad

En este bloque se valora que los métodos y criterios analíticos se hayan elegido con acierto y que el proceso de investigación esté descrito con la claridad necesaria para que el trabajo pueda ser repetido por otro investigador cualificado.

Resultados y conclusiones

Se valora que tanto los argumentos como los resultados más importantes estén identificados de manera clara en el manuscrito, y que las conclusiones se deriven del análisis de éstos.

Citas y referencias

En este apartado se evalúa que todas las citas y referencias utilizadas en el texto sean pertinentes y estén actualizadas.

Coincidencias

El revisor indicará si conoce la existencia de otros trabajos, publicados o por publicar, cuyo contenido sea idéntico o muy similar al del manuscrito que evalúa.

Protocolos de interoperabilidad

Cuadernos Geográficos de la Universidad de Granada proporciona una interfaz OAI-PMH (Open Archives Initiative – Protocol for Metadata Harvesting) que permite que otros portales y servicios de información puedan acceder a los metadatos de los contenidos publicados.

Especificaciones:

OAI-PMH Protocol Version 2.0
Dublin Core Metadata

Ruta para los cosechadores:

https://revistaseug.ugr.es/index.php/cuadgeo/oai

Sponsors

  • Editorial Universidad de Granada

Historial de la revista

Cuadernos Geográficos publica su primero número en 1971; desde entonces se diferencian 4 etapas: es etapas (Cuadro 1): 1971 a 1978; 1979 a 1992; 1993 a 2012 (primer semestre); desde el segundo semestre de 2012 la revista se publica en versión digital.